El Capitalismo no es un sistema del pasado. Es el sistema del futuro, si es que la humanidad tiene algún futuro. Ayn Rand.
¿Por qué mitificamos el pasado? Podemos discutir sobre las razones psicológicas, sociales o culturales, pero es un hecho la tendencia que nos lleva a sobrevalorar el pasado, infravalorar el presente y a temer el futuro. Pensamos en épocas y siglos pasados de una novelesca y romántica manera sin tener en cuenta que nuestros héroes medievales, renacentistas o decimonónicos tenían la espalda rota de lavar a mano, podían pasar años sin ver a un familiar que se trasladaba unos cientos de kilómetros y no, a las princesas en sus castillos no les olía el aliento precisamente a Listerine.
Lo cierto es que de Tokio a Santiago de Chile, de Sydney a Berlín, El Cairo o Sudáfrica, con todos sus problemas, tragedias y sufrimientos, la vida es hoy mejor que antaño. Pensemos en la guerra y el terrorismo. Según la OMS, en 2012 (último año con datos) murieron cerca de 120.000 personas en actos de “violencia colectiva o intervención legal” y sobre medio millón de personas murieron en actos de “violencia interpersonal”. Según el Global Terrorism Index, 11.000 personas fueron víctimas de terrorismo. Las cifras en bruto no son menores, pero pongámoslas en contexto. Toda la violencia tanto colectiva como interpersonal suma el 1% de la mortalidad en el mundo. Solamente la enfermedad de la rabia se lleva al año el triple de personas que el terrorismo. Solamente el cáncer de estómago mata a más gente que el asesinato, el homicidio involuntario y las guerras combinados.
Causas antes preocupantes de mortalidad -como el VIH- han retrocedido como tales enormemente en los últimos años. La malaria se ha reducido a nivel global a menos de la mitad desde que comenzamos este siglo. A nivel global, la mortalidad infantil se ha reducido a más de la mitad respecto a 1990 y hoy un 80% de niños subsaharianos reciben educación (frente al 52% de hace tres décadas). 2015 ha sido el primer año sin malaria en África, una enfermedad que mataba a cientos de miles de niños. El VIH en África se ha reducido a menos de la mitad en dos décadas. Aunque las ayudas han contribuido a parte de este progreso, la mayor parte del mérito se debe al libre comercio.
Las muertes por hambruna son cada vez más raras. La desnutrición severa se ha reducido del 19% al 11% entre 1990 y hoy. Casi 7 millones menos de niños menores de 5 años mueren al año comparado con 1990 (menos de la mitad). 2015 fue el primer año sin un caso de polio en África.
Con todos los problemas y algunos retrocesos a nivel local, globalmente el mundo está mejor educado, mejor alimentado, es más libre, más próspero y más tolerante.
En octubre de 2015 el Banco Mundial declaró por primera vez en la historia que menos del 10% de la población mundial está en extrema pobreza. El matrimonio homosexual se aprobó en 2015 en Irlanda y EEUU, y Mozambique despenalizó las relaciones homosexuales. Si en 2006 92 países tenían leyes que penalizaban estas relaciones, hoy son 75.
El Capitalismo trae más tolerancia, paz y diversidad al basar la sociedad en las relaciones interpersonales voluntarias primando y premiando la colaboración de cada persona al progreso social por encima de condiciones raciales, religiosas o sociales. Trae más libertades civiles porque la libertad de elegir es un pivote universal del Capitalismo. Nos da más confortables casas, más seguros coches, sanidad más efectiva o educación personalizada. El progreso tecnológico no sólo nos permite respetar la Naturaleza, sino impulsarla y mejorarla. Da a los pobres la posibilidad de comerciar e integrarse globalmente, a la mano de obra menos cualificada de participar en el mercado laboral, a los intolerantes de romper sus prejuicios cuando comerciar con sociedades lejanas lo descubren provechoso.
El Capitalismo laissez-faire, con sus brillantes e incomparables logros en forma de progreso y avance social, tecnológico, económico o cultural, no debe ser defendido sólo por eso, sino porque es el único sistema social justo frente a la indignidad, inmoralidad y barbarie del colectivismo y estatismo de toda laya.
El Capitalismo no es un sistema del pasado. Es el sistema del futuro, si es que la humanidad tiene algún futuro. Ayn Rand.
¿Por qué mitificamos el pasado? Podemos
discutir sobre las razones psicológicas, sociales o culturales, pero es
un hecho la tendencia que nos lleva a sobrevalorar el pasado,
infravalorar el presente y a temer el futuro. Pensamos en épocas y
siglos pasados de una novelesca y romántica manera sin tener en cuenta
que nuestros héroes medievales, renacentistas o decimonónicos tenían la
espalda rota de lavar a mano, podían pasar años sin ver a un familiar
que se trasladaba unos cientos de kilómetros y no, a las princesas en
sus castillos no les olía el aliento precisamente a Listerine.
El Gobierno mexicano ha dado a conocer mediante un comunicado oficial que la Policía Federal, junto a la Secretaría de Marina-Armada de México ha logrado detener al presunto fundador y líder del grupo delictivo Los Zetas, Luis Reyes Enríquez. "Reportes de inteligencia señalan que este sujeto conformó un grupo delictivo que alcanzó presencia en las entidades de Nuevo León, San Luis Potosí, Tamaulipas, Puebla, Hidalgo, Veracruz, Estado de México y Ciudad de México", establece el comunicado oficial ofrecido por Juan Carlos Silva Luján, Comisario General y Titular de la División Antidrogas de la Policía Federal.
La recaptura de Reyes
Según Silva, el hecho se da como resultado de "trabajos de investigación y en cumplimiento a una orden de reaprehensión girada por un Juez Federal". Además, aclara que en el año 2007, Reyes fue capturado en el estado de Hidalgo durante una fiesta familiar, pero que el 15 de abril de 2015 fue puesto en libertad "luego de obtener una sentencia absolutoria a su favor".
Debido a esto, el Ministerio Público de la Federación interpuso un recurso de apelación ante el Tribunal de Circuito, que falló a favor y ordenó la revocación de la orden de libertad y dictó una sentencia para la recaptura "por los delitos de Delincuencia Organizada y Contra la Salud". De esta forma, las autoridades iniciaron el proceso de recaptura, que según el comunicado, se dio "sin un solo disparo". Por los delitos que se le imputan, Reyes, conocido también como 'El Rex' o el 'Z-12', enfrentará una pena de 47 años y 6 meses de prisión, además de una multa de 13.050 días ―la ley mexicana establece el pago al Estado de una sanción tomando en consideración el salario mínimo diario vigente―.
El Gobierno mexicano ha dado a conocer mediante un comunicado oficial que la
Policía Federal, junto a la Secretaría de Marina-Armada de México ha
logrado detener al presunto fundador y líder del grupo delictivo Los
Zetas, Luis Reyes Enríquez.
"Reportes de inteligencia señalan que
este sujeto conformó un grupo delictivo que alcanzó presencia en las
entidades de Nuevo León, San Luis Potosí, Tamaulipas, Puebla, Hidalgo,
Veracruz, Estado de México y Ciudad de México", establece el comunicado
oficial ofrecido por Juan Carlos Silva Luján, Comisario General y
Titular de la División Antidrogas de la Policía Federal.
Iván Alonsoobtuvo su PhD. en Economía de la Universidad de California en Los Ángeles y es miembro de la Mont Pelerin Society.
Como tantas otras instituciones públicas en nuestro país, el Poder Judicial no goza de la confianza de una mayoría de la gente. Cuántas veces se ha dicho —y lo ha repetido el presidente Kuczynski en su primer mensaje a la nación— que se necesita una reforma para que la justicia sea rápida y predecible. Este último, sin embargo, aunque muy utilizado, es un concepto esquivo. ¿Qué significa una justicia predecible?
Pongámonos en un extremo. Si la justicia fuera absolutamente predecible, si las partes en conflicto pudieran anticipar con total certeza el contenido de una sentencia, no habría necesidad de recurrir al juez. Sus propios abogados podrían decirles quién tiene la razón, quién debe compensar a quién y cómo. ¿Para qué litigar si ya se sabe cuál va a ser el resultado? En ese mundo ideal, las disputas comerciales acabarían con un entendimiento más o menos amigable. Nadie perdería tiempo demandando o defendiéndose. Sería una garantía para la inversión. Los derechos de los inversionistas estarían protegidos; protegidos aún sin tener que llegar nunca a un tribunal. Pero sucede que los hechos en disputa rara vez son meridianamente claros. ¿Se cumplió o no se cumplió una obligación? Una parte alega que el incumplimiento fue tardío; la otra, que la tardanza no causó un daño a su contraparte o que se debió a algo que esta última hizo o dejó de hacer. ¿Cuál fue el detonante del problema? ¿Cuál era exactamente la obligación? ¿Qué consecuencias tuvo el presunto incumplimiento? ¿Qué expectativas se vieron frustradas? Los jueces tienen no solamente que establecer los hechos relevantes, sino interpretar el acuerdo entre las partes. Pero los contratos tienen ambigüedades, vacíos y contradicciones. ¿Qué cláusula debe prevalecer y cómo hay que entenderla? Las leyes tampoco están libres de ambigüedades, vacíos y contradicciones. Una fábrica de caramelos se instala junto a un consultorio. La vibración de las máquinas no deja al doctor auscultar a sus pacientes. ¿Quién tiene el derecho de paralizar las actividades ajenas para continuar con las propias? ¿Sería diferente si la fábrica hubiera estado ahí antes que el doctor? La complejidad del mundo en que vivimos no quiere decir, sin embargo, que hablar de la predictibilidad de la justicia sea un sinsentido. En el extremo opuesto de la certeza absoluta no está la incertidumbre, sino la arbitrariedad. Lo que se espera de los jueces, en primer lugar, es la capacidad de separar la paja del trigo. Cada parte tiene una historia que contar, y en cada historia hay cosas importantes y cosas accesorias. No es predecible la justicia si los jueces se dejan confundir. Una sentencia justa tiene que versar sobre la materia en disputa, nada más y nada menos. Se espera además que juzguen en función de lo que fue el acuerdo entre las partes (si acaso hubo alguno). Una justicia predecible no debe introducir elementos ajenos a lo que era la común intención. Los jueces no pueden reescribir un contrato, que es, en efecto, lo que hacen cuando imponen obligaciones adicionales a una de las partes o limitan sus derechos en nombre de algún ideal político o por un sentido de solidaridad o conmiseración con la otra. Las reformas procesales pueden hacer más predecible la justicia, ciertamente; pero mucho más depende del criterio —y éste, a su vez, de la formación— de los jueces.
Iván Alonsoobtuvo su PhD. en Economía de la Universidad de California en Los Ángeles y es miembro de la Mont Pelerin Society.
Como tantas otras instituciones públicas en nuestro país, el Poder Judicial no goza de la confianza
de una mayoría de la gente. Cuántas veces se ha dicho —y lo ha repetido
el presidente Kuczynski en su primer mensaje a la nación— que se
necesita una reforma para que la justicia sea rápida y
predecible. Este último, sin embargo, aunque muy utilizado, es un
concepto esquivo. ¿Qué significa una justicia predecible?
‘Cuánto más corrupto es el estado, más leyes tiene.’ Cornelio Tácito.
La idea de implantar un estado mínimo en un un estado tan fuertemente colectivista e intervencionista como el español es tan revolucionaria que necesariamente se extenderá a la práctica totalidad de los aspectos de la existencia de los individuos y del propio estado.
El Derecho y el sistema judicial no serán una excepción, de tal manera que se deberá trasladar tanto el ámbito de toma de decisiones o fuentes formales del derecho como las propias decisiones o fuentes materiales del derecho desde el hiper Estado actual a la sociedad civil a través de acuerdos individuales o colectivos. Como veremos, una sociedad libertaria donde el estado fuera mínimo no se caracterizaría por la ausencia de reglas de convivencia o por una eventual “ley de la selva” con la que muchos detractores pretenden asustar,sino que sería aquel cuyas normas son el fruto del acuerdo libre entre individuos y solo subsidiariamente de carácter público, respetuosas en la medida de lo posible con la libertad natural del ser humano.
BASES FILOSÓFICO-POLÍTICAS DEL ESTADO MÍNIMO.
Comenzaremos refiriéndonos a las bases del Estado mínimo, esencial para comprender el desarrollo jurídico posterior. Así, nuestro sistema liberal-libertario parte de la modificación del clásico contrato social bipartito por el que “el pueblo” en su conjunto acuerda mediante el ejercicio de su soberanía ceder una serie de poderes a un ente, denominado estado, a cambio de que éste garantice susd erechos naturales, imposibles de asegurar por sí mismos. La nueva configuración que proponemos,más acorde con el pensamiento lockeano,sin embargo, tendrá una estructura tripartita en la que además del Estado y de la colectividad/sociedad estará presente el individuo,único realmente soberano, el cual decidirá libremente pertenecer o no al acuerdo mayoritario mediante el ejercicio de su derecho de autodeterminación individual o colectiva. Es la llamada democracia de libre adscripción.
Por tanto, la clave será individualizar al máximo la configuración estatal y quienes la componen pues como decía Mises: ninguna persona o grupo de personas deben ser retenidos contra su voluntad en una asociación política en la cual no quieren participar.
El fundamento ético del Estado no es otro que garantizar los tres derechos naturales de todo individuo: vida,libertades y propiedad. La democracia a través del pacto tripartito como medio de adopción de decisiones colectivas estará limitada, como se observa, por la libertad individual. Por ello declaramos el principio de máxima individualidad en las relaciones jurídicas como una de las claves del Estado mínimo y de su derecho.
EL DERECHO EN UN ESTADO MÍNIMO.
Formulada brevemente la base político-jurídica del Estado liberal mínimo,pasaremos a tratar aspectos concretos de su ordenamiento jurídico.
Hay que señalar que el Derecho carece de uniformidad real al estar formado por diversas ramas a veces semejantes a veces distintas entre sí. Es por ello por lo que aún partiendo de la descentralización, privatización e individualización normativa máxima, cada sección del ordenamiento jurídico presentará sus particulares características.
En primer lugar en el ámbito del derecho privado (civil y mercantil) los principios sobre los que debería pivotar toda acción legislativa liberal-libertaria serían:
-Reducción de las normas imperativas, prohibitivas o de derecho necesario a las más estrictamente necesarias pues no hacen sino constreñir la libre voluntad de las partes en ámbitos puramente personales.
-Conversión de la mayoría del ordenamiento privado en normas de derecho dispositivo, esto es, regulación subsidiaria para el caso de que las partes no hubieran pactado otra cosa, reforzando así la autonomía de la voluntad de las mismas y cubriendo las posibles lagunas existentes en los acuerdos mediante la regulación dispositiva subsidiaria de los actos y negocios jurídicos en general, derechos reales,obligaciones y contratos, en particular.
Así, salvo las cuestiones que trasciendan al conjunto de la población como los criterios de acceso y pérdida de la nacionalidad( institución,a mi juicio, superada por la decadencia de los Estados-naciones) residencia, o algunos puntos del derecho de familia(de protección de los menores o incapaces), las restantes cuestiones(derechos reales, obligaciones y contratos y la mayor parte del derecho de familia y sucesiones) deben poder ser decididas libremente por los individuos mediante acuerdos voluntarios.
Destacarán por su importancia cuantitativa:
I – La supresión de las legítimas en las sucesiones, es decir aquella parte los bienes hereditarios de las que el testador no puede disponer por haberlas reservado la ley a los herederos forzosos, para dejar paso a un sistema de libertad absoluta de testar, propio del Derecho romano inicial.
II – “Privatización” del contrato matrimonial donde las partes libremente puedan elegir con quien o con quienes contraer matrimonio independientemente de su edad, sexo, nacionalidad etc.., la forma del matrimonio y su contenido en derechos y deberes, a diferencia del modelo actual donde existen prohibiciones basadas en criterios moralistas,culturales o religiosos. El Estado debe permanecer ajeno a una institución tan íntima y personal como el matrimonio,siendo más adecuado el actual régimen de las uniones de hecho, basadas en el principio de libertad de decisión de las partes e intervención mínima del Estado.
III – El carácter voluntario de la formalización en escritura pública y posterior inscripción en los digitalizados registros de derechos reales del Estado mínimo. Ambos elementos sólo cuando las partes deseen otorgar una mayor seguridad a los actos y contratos.La escritura pública y la inscripción nunca serán,por tanto, constitutivas o necesarias pues partimos de la base de que los contratos se perfeccionan por el consentimiento libre de las partes. Todo ello en un sistema notarial liberalizado donde los notarios compitan entre sí en libre concurrencia, a diferencia de la rigidez de la actualidad.
Analizadas las reformas en materia de derecho civil, auténtico pivote en torno al cual giraría todo el Derecho de nuestra República mínima, procederemos a tratar la necesaria la desregulación que se debe hacer del actual Derecho laboral, de origen paternalista y corporativo, con el objeto de que éste pase a formar parte de la autonomía de la voluntad de las partes, es decir, del derecho privado, otorgando libertad plena de contratación y de negociación a los empleados y empleadores frente a la inflexibilidad y rigidez actuales. Todo ello siguiendo el principio arriba comentado del carácter subsidiario de una eventual normativa laboral, equilibrada entre empleado-empleador en pos de la seguridad jurídica.
El objeto de los contratos será el intercambio de la fuerza de trabajo/servicios por una remuneración libremente pactada. Las normas laborales dejarán de estar centralizadas en leyes o convenios laborales, negociados de forma ajena al trabajador y sin tener en cuenta las particularidades de cada relación laboral, para ser acordadas directamente entre el empleador y el empleado, sin imposiciones externas,sino a través de contratos individuales. La libertad de movimientos unida a las oportunidades generadas por la oferta y la demanda de productos,servicios y empleos generará mejores condiciones laborales, tal y como queda demostrado en algunos países de nuestro entorno, sin necesidad de coaccionar a través de normas imperativas en la actualidad.
Es en el ámbito del derecho privado, incluyendo el ámbito laboral, donde el principal medio de solución de los posibles conflictos que puedan surgir entre las partes estará constituido por instituciones como el arbitraje o la mediación, en las que un tercero(árbitro, mediador o incluso abogados) tras consulta y discusión entre los contratantes, propone una solución amistosa a la disputa, evitando así acudir al Estado a través de sus órganos jurisdiccionales, los cuales impondrían una solución que necesariamente desagradará a como mínimo una parte.
EL DERECHO PÚBLICO EN UN ESTADO MÍNIMO.
Examinadas las normas que forman parte del derecho privado, pasaremos, a continuación a tratar los aspectos relativos al derecho público del Estado mínimo.
Será inevitable (y aconsejable) una notable reducción del mismo, provocada por la privatización, liberalización y/o capitalización de servicios públicos como la educación, sanidad, seguridad social o pensiones así como por la práctica desaparición de la burocracia administrativa o la amplísima minoración de los tributos en general, y de los impuestos en particular.
Centrándonos,por su relevancia en la libertad, en el derecho penal, se suprimirán por moralistas e innecesarios los llamados delitos sin víctimas, esto es, aquellas conductas que provocan un perjuicio a bienes jurídicos indeterminados como la salud pública o los sentimientos. Por ello, despenalizaríamos por completo el tráfico de drogas (blandas y duras) que constituyen aproximadamente un 20% del total de condenas en el orden jurisdiccional penal según las estadísticas de 2013, así como otros tipos delictivos como la subrogación gestacional,comúnmente llamada vientre de alquiler, prostitución, algunos delitos contra la familia, contra el honor o contra los sentimientos religiosos o nacionales (ultraje a España y a sus símbolos),y las apologías de regímenes totalitarios o de movimientos terroristas. ¿Merecen los sentimientos colectivistas e indeterminados ser objeto de protección penal, la mayor que ofrece nuestro ordenamiento jurídico? La respuesta es, a mi juicio, un rotundo no. Son acciones reprobables moral y socialmente pero jamás penalmente.
Los derechos penales y penitenciarios deben adecuar sus actuaciones a los principios de subsidiariedad y última ratio penal y de la subjetividad e individualidad de la sanción y no ser un medio que sirva para ejercer una demostración de la fuerza coactiva del Estado; cosa que vemos en la nueva Ley de Seguridad Ciudadana, bien denominada ley mordaza, que no hace sino violentar libertades básicas del individuo como la libertad de reunión y de manifestación frente a las represivas fuerzas de orden público.
LA JUSTICIA EN EL ESTADO MÍNIMO.
¿Cómo garantizaríamos los derechos individuales de los ciudadanos en un Estado mínimo?. Posiblemente, a través de dos grandes tipos de garantías:
-Las garantías jurisdiccionales, ya por medio de procedimientos urgentes en la justicia ordinaria ya, como último recurso, por la impugnación de la decisión lesiva a una Sala Especial del Tribunal Supremo, compuesta por magistrados de carrera, dedicada a velar por las libertades individuales. En relación a la primera cuestión, hay que señalar que en los sectores de derecho público los medios jurisdiccionales, a través de sus resoluciones dictadas tras el correspondiente juicio oral, es casi imposible que dejen de ser de forma mayoritaria los más empleados para la solución de conflictos. Sin embargo, no por ello hemos de descartar soluciones más respetuosas con la libertad del individuo como las conformidades entre la Fiscalía y el acusado, en la que se llega a un acuerdo voluntario con carácter previo a que el órgano jurisdiccional resuelva, o las acusaciones particulares-privadas en la que la parte perjudicada aún en el ámbito penal se persona en la causa para resarcirse de la agresión sufrida.
En un estado mínimo, los jueces y magistrados deberán asumir un papel más conciliador e interpretativo del Derecho, y actuar menos de mensajeros de normas objetivas, rígidas y generalistas ajenas a la realidad subjetiva, mientras que Ministerio Fiscal,independiente del poder ejecutivo, se encargará, además de sus actuales de defensa de la legalidad, de instruir e investigar las actuaciones, tendencia en el derecho comparado, y de sobre todo facilitar el acuerdo con la parte acusada mediante las comentadas conformidades, con la finalidad de evitar costosos procesos ulteriores y agilizar la obstruida justicia española, clave para asegurar las libertades de los individuos.
-El segundo grupo de garantías de las que pueden disponer los propios ciudadanos son las llamadas individuales, destacando el ejercicio de su derecho de autodeterminación individual o colectiva o de los derechos a la objeción de conciencia o desobediencia civil judicializada cuando consideren que algunas de sus libertades han sido violadas y, o bien no pretenda continuar en el Estado que las viola o bien prefiera que no se le aplique la norma en cuestión para un caso determinado y tras el correspondiente proceso judicial al respecto.
Como vemos en una sociedad liberal-libertaria existirían varias y diferentes maneras de evitar de forma civilizada y ordenada la violación de las libertades de los individuos sin necesidad de acudir a farragosas regulaciones y prohibiciones innecesarias.
En definitiva,la combinación de un derecho sencillo, descentralizado y respetuoso con la libertad y un sistema judicial de menor imposición y más acuerdo devendrá en una justicia ágil, rápida y eficiente frente a la burocratizada, lenta y excesivamente controladora justicia actual.
‘Cuánto más corrupto es el estado, más leyes tiene.’ Cornelio Tácito.
La idea de implantar un estado mínimo en un un estado tan fuertemente colectivista e
intervencionista como el español es tan revolucionaria que
necesariamente se extenderá a la práctica totalidad de los aspectos de
la existencia de los individuos y del propio estado.
El Derecho y el sistema judicial no serán
una excepción, de tal manera que se deberá trasladar tanto el ámbito de
toma de decisiones o fuentes formales del derecho como las propias
decisiones o fuentes materiales del derecho desde el hiper Estado actual
a la sociedad civil a través de acuerdos individuales o colectivos.
Como veremos, una sociedad libertaria donde el estado fuera mínimo no se
caracterizaría por la ausencia de reglas de convivencia o por una
eventual “ley de la selva” con la que muchos detractores pretenden
asustar,sino que sería aquel cuyas normas son el fruto del acuerdo libre
entre individuos y solo subsidiariamente de carácter público,
respetuosas en la medida de lo posible con la libertad natural del ser
humano.
El Capitalismo no es un sistema del pasado. Es el sistema del futuro, si es que la humanidad tiene algún futuro. Ayn Rand.
¿Por qué mitificamos el pasado? Podemos discutir sobre las razones psicológicas, sociales o culturales, pero es un hecho la tendencia que nos lleva a sobrevalorar el pasado, infravalorar el presente y a temer el futuro. Pensamos en épocas y siglos pasados de una novelesca y romántica manera sin tener en cuenta que nuestros héroes medievales, renacentistas o decimonónicos tenían la espalda rota de lavar a mano, podían pasar años sin ver a un familiar que se trasladaba unos cientos de kilómetros y no, a las princesas en sus castillos no les olía el aliento precisamente a Listerine.
Lo cierto es que de Tokio a Santiago de Chile, de Sydney a Berlín, El Cairo o Sudáfrica, con todos sus problemas, tragedias y sufrimientos, la vida es hoy mejor que antaño. Pensemos en la guerra y el terrorismo. Según la OMS, en 2012 (último año con datos) murieron cerca de 120.000 personas en actos de “violencia colectiva o intervención legal” y sobre medio millón de personas murieron en actos de “violencia interpersonal”. Según el Global Terrorism Index, 11.000 personas fueron víctimas de terrorismo. Las cifras en bruto no son menores, pero pongámoslas en contexto. Toda la violencia tanto colectiva como interpersonal suma el 1% de la mortalidad en el mundo. Solamente la enfermedad de la rabia se lleva al año el triple de personas que el terrorismo. Solamente el cáncer de estómago mata a más gente que el asesinato, el homicidio involuntario y las guerras combinados.
Causas antes preocupantes de mortalidad -como el VIH- han retrocedido como tales enormemente en los últimos años. La malaria se ha reducido a nivel global a menos de la mitad desde que comenzamos este siglo. A nivel global, la mortalidad infantil se ha reducido a más de la mitad respecto a 1990 y hoy un 80% de niños subsaharianos reciben educación (frente al 52% de hace tres décadas). 2015 ha sido el primer año sin malaria en África, una enfermedad que mataba a cientos de miles de niños. El VIH en África se ha reducido a menos de la mitad en dos décadas. Aunque las ayudas han contribuido a parte de este progreso, la mayor parte del mérito se debe al libre comercio.
Las muertes por hambruna son cada vez más raras. La desnutrición severa se ha reducido del 19% al 11% entre 1990 y hoy. Casi 7 millones menos de niños menores de 5 años mueren al año comparado con 1990 (menos de la mitad). 2015 fue el primer año sin un caso de polio en África.
Con todos los problemas y algunos retrocesos a nivel local, globalmente el mundo está mejor educado, mejor alimentado, es más libre, más próspero y más tolerante.
En octubre de 2015 el Banco Mundial declaró por primera vez en la historia que menos del 10% de la población mundial está en extrema pobreza. El matrimonio homosexual se aprobó en 2015 en Irlanda y EEUU, y Mozambique despenalizó las relaciones homosexuales. Si en 2006 92 países tenían leyes que penalizaban estas relaciones, hoy son 75.
El Capitalismo trae más tolerancia, paz y diversidad al basar la sociedad en las relaciones interpersonales voluntarias primando y premiando la colaboración de cada persona al progreso social por encima de condiciones raciales, religiosas o sociales. Trae más libertades civiles porque la libertad de elegir es un pivote universal del Capitalismo. Nos da más confortables casas, más seguros coches, sanidad más efectiva o educación personalizada. El progreso tecnológico no sólo nos permite respetar la Naturaleza, sino impulsarla y mejorarla. Da a los pobres la posibilidad de comerciar e integrarse globalmente, a la mano de obra menos cualificada de participar en el mercado laboral, a los intolerantes de romper sus prejuicios cuando comerciar con sociedades lejanas lo descubren provechoso.
El Capitalismo laissez-faire, con sus brillantes e incomparables logros en forma de progreso y avance social, tecnológico, económico o cultural, no debe ser defendido sólo por eso, sino porque es el único sistema social justo frente a la indignidad, inmoralidad y barbarie del colectivismo y estatismo de toda laya.
El Capitalismo no es un sistema del pasado. Es el sistema del futuro, si es que la humanidad tiene algún futuro. Ayn Rand.
¿Por qué mitificamos el pasado? Podemos
discutir sobre las razones psicológicas, sociales o culturales, pero es
un hecho la tendencia que nos lleva a sobrevalorar el pasado,
infravalorar el presente y a temer el futuro. Pensamos en épocas y
siglos pasados de una novelesca y romántica manera sin tener en cuenta
que nuestros héroes medievales, renacentistas o decimonónicos tenían la
espalda rota de lavar a mano, podían pasar años sin ver a un familiar
que se trasladaba unos cientos de kilómetros y no, a las princesas en
sus castillos no les olía el aliento precisamente a Listerine.