Límite al poder: La omnipotencia del Estado es la negación de la libertad individual
Por Carlos A. Sánchez Sañudo
Conferencia que pronunció el 5 de noviembre de 2004, día en que celebraba sus 90 años de edad, en la sede del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires
Este trabajo realizado por Dn. Carlos Sánchez Sañudo tiene el doble mérito –además de su enjundia de conocimientos- el de haber sido escrito por él a los 90 años de edad para festejar su onomástico. Segundo, revela el patriotismo de este marino que no escatima esfuerzos y sacrificios con tal de legar a sus conciudadanos y a la posteridad, las clarísimas soluciones a los problemas que agobian desde hace años a los argentinos. Por eso nos esforzamos en tratar de publicarlo lo antes posible para su difusión adecuada.
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Comenzaremos por el final casi de la vida de Alberdi, al haber sido designado por la provincia de Tucumán candidato al Congreso Nacional.
Por tal motivo, el prócer preparó y presentó “La omnipotencia del Estado es la negación de la libertad individual”, que el 24 de mayo de 1880 leyó en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, en oportunidad de la colación de grados realizada para otorgarle a él el título de miembro honorario.
LIMITE AL PODER:
LA OMNIPOTENCIA DEL ESTADO ES LA NEGACIÓN DE LA LIBERTAD INDIVIDUAL
Hemos elegido para esta síntesis del “Evangelista de la Libertad” –como con justicia se ha llamado al gran tucumano- porque consideramos que permite realizar comprobaciones importantes: la primera relacionada con la continuidad del pensamiento de Alberdi a lo largo de toda su obra doctrinaria, desde el “Fragmento Preliminar al Estudio del Derecho”, hasta la obra que hoy comentamos, escrita ésta a los setenta años, cuatro antes de su muerte. La segunda, porque en este trabajo realiza una suerte de “estudio de los escollos y peligros a que están expuestas las libertades”, o mejor aún, un “Análisis de la Patología Político-institucional en Sud América”, adelantándose cien años al análogo estudio realizado por el Premio Nobel Friedrick Hayek en sus “Fundamentos de la Libertad” y en su posterior libro “Derecho, Legislación y Libertad”, de indiscutible actualidad. Y la tercera comprobación es que nos permite constatar la modernidad del pensamiento y mensaje de Alberdi, que hizo de nuestra patria una gran nación mientras lo respetamos, y que nos ha sumido en la lamentable situación actual cuando, desde hace seis décadas, irracionalmente lo abandonamos (fin de la segunda guerra mundial).
LA CONTINUIDAD DE LA OBRA DE ALBERDI
Brevemente recordaré que, en su primera obra doctrinaria, el “Fragmento Preliminar al Estudio del Derecho”, señala el joven de 27 años: “El pueblo no es soberano de mi libertad, ni de mi inteligencia, ni de mis bienes, ni de mi persona, que tengo de la mano de Dios, sino por el contrario, no tiene soberanía sino para impedir que se me prive de mi libertad, de mis bienes, de mi persona. De modo que, cuando el pueblo o sus representantes, en vez de cumplir con ese deber, son los primeros en violarlos, no son criminales únicamente sino también perjuros y traidores”. Esta es la misma idea de la libertad civil que desarrolla en la obra que hoy comentamos, casi como un himno a la libertad individual y al orden social que ella implica.
Al respecto recordamos que el Premio Nobel von Hayek concordantemente ha expresado que “la voluntad popular es soberana, pero en modo alguno ilimitada”, como creen los demócratas antiliberales.
EL ANÁLISIS DE LA PATOLOGÍA POLÍTICA
Comienza Alberdi su discurso destacando que una de “las más profundas raíces de nuestras tiranías en Sudamérica es la noción grecorromana del Estado y de la Patria, que debemos a la educación semiclásica que nuestras universidades han copiado a la Francia”.
En este estudio sobre la evolución de la libertad a lo largo de los tiempos, comenzó diferenciando los dos períodos de las sociedades griegas. “En la ciudad antigua –decía- el sentimiento personal formaba parte de la religión. Se amaba a la patria porque se amaba a sus dioses protectores, las leyes eran fórmulas sagradas. Cada comuna tenía, no solo independencia, sino también su culto y su código. Para los antiguos, Dios no estaba en todas partes. Los dioses de cada hombre eran aquellos que habitaban su casa, su comuna, su cantón. Por el contrario, el desterrado, al dejar su patria tras sí, dejaba también sus dioses y su propiedad, no teniendo culto, no tenía ya familia: dejaba de ser marido y padre. Por ello el destierro de su ciudad no parecía un suplicio más tolerable que la muerte. Los jurisconsultos romanos le llamaban pena capital. La religión, el derecho, el gobierno dependían del municipio. La ciudad era la única fuerza viva, nada más arriba de ella, nada más abajo, es decir: ni unidad nacional, ni libertad individual. El Estado así entendido era y tenía que ser la negación de la libertad individual, en que cifran la libertad de todas las sociedades modernas que son realmente libres”.
“Pero cuando la casta sacerdotal perdió su dominación, se emancipó el individuo; no se pretendió ya que la persona fuera sacrificada al Estado”.
“Se acabó el espíritu comunal. No se amó ya a la Patria por su religión y sus dioses; se la amó por sus leyes –dice Alberdi-, por sus instituciones, por los derechos y la seguridad que ella acordaba a sus miembros. Ya no se amó a la patria sino en tanto se amaba al régimen institucional que prevalecía en ella a la sazón. El patriotismo municipal pereció en las almas. Entonces, se comenzó a emigrar más voluntariamente; se temió menos al destierro. Es el Siglo de Pericles”.
“Comenzaba a sentirse la necesidad de salir del sistema comunal para llegar a otra forma de gobierno por encima de las ciudades para que velase por el mantenimiento del orden y obligase a aquellas a abandonar sus turbulencias y a vivir en paz”.
“Esta disposición integradora de los espíritus constituyó la fortuna de Roma y lo que la puso a la cabeza del mundo. Tuvo su apogeo en la República, tanto griega como romana, declinando con la degeneración de éstas, cuando se retornó al absolutismo del Imperio Romano”.
LA GRAN REVOLUCION DEL CRISTIANISMO
“Pero la gran revolución que trajo el Cristianismo en la noción del hombre, de Dios, de la familia, de la sociedad toda entera cambió radical y diametralmente las bases del sistema greco-romano”.
“El Cristianismo no era la religión de una familia, de una ciudad ni de ninguna raza. No pertenecía ni a una casta ni a una corporación. Desde su comienzo llamaba a la humanidad toda entera. Jesucristo decía a sus discípulos: “Id a instruir a todos los pueblos”. Para este Dios que era único y universal no había extranjeros; no fue un deber para el ciudadano detestar al extranjero. El Cristianismo es la primera religión que no haya pretendido que el derecho dependiese de ella”
“Haciendo de cada hombre el hermano de otro hombre a quien debe respeto y amor de hermano, el Cristianismo ha creado la igualdad, es decir, la libertad de todos por igual”, agrega Alberdi.
“Sin embargo, el renacimiento de la civilización antigua entre las ruinas del Imperio Romano y la formación de los estados modernos, conservaron o revivieron los cimientos de la civilización pasada y muerta, no ya en el interés de los estados mismos, todavía informes, sino en la de los gobernantes, en quienes se personificaba la majestad, la autoridad y la omnipotencia del estado”.
“De ahí el despotismo de los reyes absolutos surgidos de la feudalidad de la Europa regenerada por el Cristianismo. El estado continuó siendo omnipotente respecto de cada persona, pero personificado en su soberano, en sus monarcas, no en sus pueblos”.
“La omnipotencia de los reyes tomó el lugar de la omnipotencia del Estado. Quienes no dijeron “El Estado soy yo”, lo pensaron y creyeron, como aquel que lo dijo” destaca Alberdi.
“Luego, sublevados contra los reyes, los pueblos los reemplazaron en el ejercicio del poder; la soberanía del pueblo tomó el lugar de la soberanía de los monarcas, aunque teóricamente”.
Pero lo importante es lo que veremos ahora, la división que, a partir de este introito greco-romano, compara Alberdi, hace de la patología política contemporánea, que explica la de nuestros días y también nuestras crisis progresivas e ininterrumpidas.
LA PATOLOGÍA POLÍTICA CONTEMPORANEA
“El Estado es libre –dice Alberdi- en cuanto no depende del extranjero, pero el individuo carece de libertad en cuanto depende del Estado de un modo omnímodo y absoluto. El Estado es libre en cuanto absorbe y monopoliza las libertades de todos sus individuos, pero sus individuos no lo son, porque el gobierno les tiene todas sus libertades”. Vemos que éste es el mismo pensamiento que tenía a los 27 años y que recordamos al principio. Y vemos también que basta no tener amnesia para recordar varias situaciones análogas que hemos padecido en las últimas décadas.
“Tal es –continúa- el régimen social que ha producido la Revolución Francesa y tal la sociedad política que en la América grecorromana de raza ha producido el ejemplo y repetición de tal revolución, que dura hasta el presente”.
Más aún: “El Contrato Social de Rousseau –agregaba- convertido en catecismo de nuestra revolución por el Dr. Moreno, ha gobernado a nuestra sociedad, en la que el ciudadano ha seguido siendo una pertenencia del Estado o de la Patria, encarnada y personificada en sus gobiernos, como representantes naturales de la majestad del Estado omnipotente, llamado libre sólo porque dejó de emanar del extranjero”. Aquí comienza él a desarrollar la diferencia de concepto entre libertad exterior y libertad interior, entre independencia nacional exterior y libertad ciudadana interior. Para ello la libertad francesa, que acabamos de ver, con la libertad anglosajona. Las revoluciones cambiaron el gobierno, pero no lo limitaron.
Por el contrario, el Iluminismo Británico –como lo llama Hayek- debido principalmente a los filósofos escoceses David Hume, John Locke, Adam Ferguson y Adam Smith, concebían, no el racionalismo constructivista francés, sino el evolutivo, esto es la teoría de la evolución, según la cual los pueblos se encuentran con instituciones que, si bien son el resultado de la acción entre los hombres, no lo son del designio humano (no es deliberado, no es planificado). Así son la mayoría de las instituciones humanas, como el idioma de cada país, el derecho, la moral, la moneda: son el resultado de la acción del hombre a través de años de evolución, lo cual, mediante el sistema de la prueba y el error, va incorporando todo aquello que es útil a la pacífica convivencia humana, que constituye el objetivo de todas las ciencias sociales. Este es el racionalismo evolutivo. Esta nueva concepción tuvo por finalidad impedir la arbitrariedad del poder logrando que todos fueran tratados igualmente, sin discriminaciones siempre odiosas; para lo cual debían ser respetados y garantizados los derechos individuales de todos sin excepción. No se habló de “voluntad mayoritaria” sino de “derechos y garantías para todos y cada uno, privilegios para ninguno”, como ordena nuestra sabia Constitución de 1853. (SOBRE ESTE IMPORTANTE TEMA, PUEDE CONSULTARSE EL APÉNDICE)
Vemos que la diferenciación de Hayek coincide con la de Alberdi. La concepción francesa habla de “voluntad general” (o de sus representantes), que nada tiene que ver con la justicia y a menudo sí con el autoritarismo y la arbitrariedad que hemos padecido y padecemos en carne propia. Por el contrario, la garantía alberdiana de los derechos individuales crea el ámbito de la seguridad jurídica, de la confianza económica y, finalmente, de la estabilidad política e institucional, que muchos buscan por caminos equivocados. Son, pues, dos concepciones antagónicas e irreconciliables que dan origen a dos conceptos de la libertad, dos de la ley, dos de los derechos, del Estado, de la democracia social, incompatibles entre sí. En un caso la sociedad es manejada desde el poder, en el otro es organizada desde abajo, desde el ciudadano y sus derechos personales (La sociedad contractual y la economía de mercado libre).
Cien años después ha dicho Hayek refiriéndose a la moderna democracia ilimitada: “Son sus ilimitados poderes los que impiden al gobierno a negarse a otorgar privilegios arbitrarios, resultando así el poder omnímodo pero paradójicamente también débil y corrupto, juguete de los grupos de presión y de intereses, a quienes debe cortejar para obtener y conservar su favor”. “Es evidente –sigue Hayek- que la única forma de limitar el poder de los grupos, es limitar el poder del gobierno en hacer tales concesiones privilegiadas, preservando así al gobierno democrático de la extorsión que hoy padece”.
Es era –decimos- la función de los “derechos y garantías” y de la ley igual y para todos, como límite a los tres poderes, que propician Hayek y Alberdi, que poco tiene que ver con las “concertaciones”, los llamados “consensos” o “políticas de Estado”, que se propician como sustitutos de la Constitución Nacional.
Ya decía Alberdi en el “Sistema Económico y Rentístico”:
“La Constitución antes de crear los poderes públicos, trazó en su Primera Parte los Principios (derechos individuales) que debían servir de límite a esos poderes; primero construyó la medida y luego el poder. En ello tuvo por objeto limitar no a uno sino a los tres poderes, y de ese modo el poder legislador quedó tan limitado como el del Ejecutivo mismo”. Eso es –agregamos- lo que ordena el Art. 28 de la Constitución, totalmente ignorado por concepciones antijurídicas e inmorales que afloran en forma de reiteradas crisis económicas. Son Rousseau y Compte los que han sustituido erróneamente a Locke y al reinado de la ley natural.
ALBERDI HA BUSCADO Y ANALIZADO LA PATOLOGÍA Y DADO LA SOLUCION
Prosigue afirmando: “Pero la raíz y cuna de nuestras tiranías modernas en Sud América no se debe sólo a nuestra remota ascendencia greco-romana a través del régimen político nacido en la Revolución Francesa, sino también a nuestro origen inmediato y moderno de carácter español”.
“La corona de España no fundó sus colonias de América para conferir riqueza y poder a sus colonos, sino para negocio y poder propios de la corona misma. La Colonia recibió la Constitución social y política que debía hacer de su pueblo un mero instrumento del Real Patrimonio, un simple productor fiscal de cuenta de su Gobierno y para su real beneficio”.
“A pesar de nuestras modernas Constituciones, la República continuó siendo en este punto gobernada para provecho de los poderes públicos que reemplazaron al poder real”.
“Sin duda –prosigue- que las Constituciones que reglaron luego la conducta del gobierno de la República calificaron de crimen legislativo el acto de dar poderes extraordinarios y omnímodos a sus gobernantes; pero esa magnífica disposición no impidió que la suma de todos los poderes y fuerzas económicas del país quedasen de hecho a discreción del gobierno, que puede usar de él por mil medios indirectos”. Como ocurrió hace poco en el actual gobierno.
“¿Cómo así?”, se pregunta. “Mientras la arbitrariedad y el autoritarismo existan en el sistema sin un déspota, los efectos de ese estado de cosas no se harán sentir en los gobernados como en la época de Rosas, pero su resultado infalible será la pobreza y la crisis de empobrecimiento”. Preveía Alberdi los resultados de la inseguridad y desconfianza económica que conviven con la actual “democracia ilimitada” y, por lo tanto, antiliberal.
“América, no reside en el déspota y en el tirano, sino en la máquina o construcción mecánica del Estado, por la cual todo el poder de sus individuos, refundido y condensado, cede en provecho de su gobierno y queda en manos de su institución”. “El déspota y el tirano son el efecto y el resultado, no la causa, de la omnipotencia de los medios y fuerzas económicas del país puestas en poder de su gobierno y del círculo personal que personifican al estado, por la maquinaria del Estado mismo”. “Resulta así sumergida y ahogada la libertad de los individuos en ese caudal de poder público ilimitado y omnipotente”.
Puede llamar la atención del lector que Alberdi ponga como causa principal la omnipotencia de las fuerzas económicas estatales. No es ello porque diera más importancia a la economía que al derecho, sino que, como era un gran jurista y mejor economista, advirtió que el derecho y la economía son correlativos e interdependientes, por lo que toda aberración económica estatal significa una vulneración del orden jurídico. Percibió, como pocos, que si al poder político se le agrega el económico, se desemboca en el poder omnímodo, que vulnera todos los derechos, todas las libertades y al propio “Estado de Derecho”, de lo que hemos sido y somos testigos.
LA EVOLUCION DE LA PATOLOGÍA POLÍTICA: LA GRAN ESTAFA
A modo de síntesis Alberdi expresa:
“No ha habido, pues, un error más grande que el de creer que, en las ciudades antiguas griegas, el hombre disfrutaba de la libertad. Ni idea siquiera tenían de ella. No creían que pudiese existir derecho alguno en oposición a la ciudad y sus dioses”.
“Es verdad que revoluciones ulteriores cambiaron esa forma de gobierno; pero la naturaleza del Estado quedó casi la misma. El gobierno se llamó sucesivamente monarquía, aristocracia, democracia; pero ninguna de esas revoluciones dio a los hombres la verdadera libertad, que es la libertad individual”.
Y esto es de plena actualidad:
“Tener derechos políticos –señala- votar, nombrar o elegir magistrados, poder ser uno de ellos, es todo lo que se llama libertad, pero el hombre no continuaba menos avasallado al Estado que antes lo estaba”.
Y este pensamiento de nuestro compatriota coincide con el de Hayek, cuando afirma: “La democracia no es la libertad ni la garantiza, es solo un intento de alcanzarla” y el problema –agregamos- es preservarla; como señala Julián Marías: “La democracia que no preserva la libertad, profana su nombre, se prostituye y anula. La libertad, en cambio, genera democracia, hace que la vida se desarrolle democráticamente”.
Es que –como destaca Alberdi-: “Faltaba la aparición del reinado del individualismo; es decir, de la libertad del hombre levantada y establecida ante la faz del Estado y del patriotismo, coexistiendo con ello armónicamente”.
“Se puede decir con verdad –sigue Alberdi- que la sociedad de nuestros días debe al individualismo así entendido, los progresos de su civilización. En este sentido, no es temerario establecer que el mundo civilizado y libre, es la obra del afán del progreso individual, cristianamente entendido. Ama a Dios sobre todo, enseñó él, y a tu prójimo como a ti mismo, santificando de este modo el amor de sí a la par del amor al prójimo”.
Y a continuación expresa, con actualidad abrumadora:
“La iniciativa privada ha desmontado, desaguado, fertilizado nuestras campañas y edificado nuestras ciudades; ella ha descubierto y explotado minas, trazado rutas, abierto canales, construido caminos de hierro con sus trabajos de arte; ella ha inventado y llevado a su perfección el arado, el oficio de tejer, la máquina de vapor, la prensa, innumerables máquinas; ha construido nuestros bajeles, nuestras inmensas manufacturas, los recipientes de nuestros puertos; ella ha formado los bancos, las compañías de seguros, los periódicos, ha cubierto la mar de una red de líneas de vapor, y la tierra de una red eléctrica. La iniciativa privada ha conducido la agricultura, la industria y el comercio a la prosperidad presente y actualmente la impele en la misma vía con rapidez creciente. ¿Por eso desconfiáis de la iniciativa privada?”.
¿Qué diría hoy si contemplara el estatismo e intervencionismo que nos ha empobrecido, desunido y confundido?.
“Porque, además, para esto último, el Estado absorbe toda actividad de los individuos, esto es, el gobierno engancha en las filas de sus empleados a los individuos que serían más capaces entregados a si mismos. En todo interviene el Estado y todo se hace por su iniciativa en la gestión de sus intereses públicos. El Estado se hace fabricante, constructor, empresario, banquero, comerciante, editor y se distrae así de su mandato esencial y único, que es proteger a los individuos de que se compone, contra toda agresión interna y externa impartiendo justicia. En todas las funciones que no son de la esencia del Gobierno, obra como un ignorante y como concurrente dañino de los particulares, empeorando el servicio del país lejos de mejorarlo”.
Recuerda este pensamiento lo que decía en el “Sistema Económico y Rentístico” 25 años antes: “El Estado no ha sido hecho para hacer ganancias, sino para hacer justicia, no ha sido hecho para hacerse rico, sino centinela y guardián de los derechos del hombre”.
OTRA PRUEBA DE LA ACTUALIDAD DE ALBERDI. “EL ORDEN ESPONTÁNEO”
Decía Alberdi en el “Fragmento Preliminar”: “Nuestra prosperidad ha de ser obra de la espontaneidad, antes que de una creación oficial. Muchas cosas materiales se han logrado a despecho de Rosas, cuya omnipotencia ha sido vencida por la acción espontánea”.
Hayek, 100 años después, considera que el liberalismo también reconoce un orden espontáneo. Alberdi y Hayek establecen así el “cómo” lograr el tan proclamado “respeto a la dignidad de la persona humana” a través de un orden espontáneo, para que cada cual pueda hacer una realidad su libre albedrío y el ejercicio de la libertad de elección y de acción, que es la verdadera libertad civil con la inherente responsabilidad.
Ese es el orden social de la libertad, por lo cual se ha llamado con justicia el precursor de la Escuela de Viena y del moderno liberalismo integral y científico. Tal ordenamiento basado en la libertad y espontaneidad, es el único que resuelve el aparentemente insoluble problema de que la sociedad moderna se integra con personas que no piensan igual, que poseen distintas escalas de valores, muchos desconocidos entre sí y, a pesar de ello, tal ordenamiento posibilita a cada cual alcanzar sus propios objetivos y el de sus seres queridos, sirviendo a los demás en lo que éstos más valoran, pudiéndose sentir así útiles a la sociedad a que pertenecen.
Y la solución a este complejísimo problema de la sociedad moderna se encuentra en un orden jurídico contrario a la arbitrariedad, y un orden económico que no lo invalide –hoy llamada economía de libre mercado- que postula Alberdi a lo largo de toda su obra; lo cual implica ausencia del intervencionismo económico, pues éste destruye al orden jurídico mencionado y conduce a la omnipotencia del Estado, se diga o no democrático.
“Abuso legal”, se dirá. Sí, y eso es lo más grave: que la legalidad democrática pueda amparar al abuso. “La tendencia del intervencionismo de Estado –dice Julián Marías- es un rasgo que caracteriza la historia de Europa desde la Revolución Francesa...”, y eso es lo que ha escrito Alberdi hace más de 100 años. Es, pues, actual su pensamiento.
LA GRAN REVOLUCION POLÍTICA
Este es el experimento liberal que se llevó a cabo en los EE.UU. luego de 1787 y en nuestro país progresivamente después de 1853, permitiendo un progreso y una civilización sin precedentes al posibilitar la unión de esfuerzos correspondientes a voluntades y fines diferentes. Alberdi es sin duda la primer figura en el mundo latino –repito: el primero- que entendió la “revolución política y su consecuencia social que ello implica en América” –son sus palabras- y desarrolla el sistema filosófico, jurídico, económico y políticamente para lograr la unión nacional mediante cooperación voluntaria entre personas tan distintas entre sí. Así se hizo el país, luego de Caseros, con antinomias tan profundas, ayer como hoy. Esa es la verdadera unión nacional. Fue el sistema que posibilitó el llamado “milagro argentino”.
El único gran objetivo nacional fue ese: garantizar el marco institucional para posibilitar el esfuerzo mancomunado entre millones de personas desconocidas entre si que piensan distinto. El resultado logrado por la generación del 37 imbricada con la del 80 asombró al mundo hacia 1910, en el centenario de Mayo. Nuestra declinación actual desde hace varias décadas se debe al enfrentamiento y reemplazo “del límite a la arbitrariedad” –que son los derechos y garantías individuales- por la “arbitrariedad sin límite”, como es el concepto roussoniano de la “voluntad mayoritaria” que poco tiene que ver con la seguridad jurídica, y que tampoco es voluntad de la mayoría, sino de los grupos de presión sobre el gobierno y a quienes éste debe cortejar para mantener su apoyo.
Se ha reemplazado así la “fuerza del derecho” por el “derecho de la fuerza”, en este caso del número y de la coacción de los grupos. A esto ha conducido la práctica política en boga, con lo cual hoy la economía ignora al derecho y la política, a ambos. La crisis ininterrumpida en que vivimos es, pues, su lógica consecuencia.
LA SOCIEDAD CIVILIZADA
El sistema de Alberdi es el de la sociedad civilizada, en pugna con la “sociedad tribal”, la organización piramidal, que en el siglo XX es una aberración social y un suicidio político, origen de la inestabilidad que todos pretenden erradicar.
Es que resulta difícil –si no imposible- establecer extralimitaciones donde no hay límites precisos, como establecía insistentemente Alberdi, incluso en el Art. 28; es decir, puntos objetivos de referencia, para poder precisar en cada caso los excesos gubernamentales. Se institucionaliza así como norma la arbitrariedad, retornando al siglo XVII, a las leyes de Indias, y preparándose la crisis política e institucional en curso y erróneamente realimentada.
Y termina Alberdi su trabajo a modo de síntesis:
“La libertad individual –afirma- es el límite sagrado en que termina la autoridad del Estado. Todos los crímenes contra la libertad del hombre, han podido ser cometidos, no sólo impune sino legalmente en nombre del Estado omnipotente, invocado por su gobierno omnímodo. La libertad de la patria –afirma- es la independencia respecto de todo país extranjero. La libertad del hombre es la independencia del individuo respecto de su propio país”.
“La libertad de la patria es compatible con la más grande tiranía, y pueden coexistir en el mismo país. La libertad del individuo deja de existir por el hecho mismo de asumir el Estado la omnipotencia del país. La libertad individual significa literalmente ausencia de todo poder omnipotente y omnímodo en el Estado y en el Gobierno del Estado”.
LA LIBERTAD SAJONA
“Otro fue el destino y la condición de la sociedad que puebla América del Norte”, y continúa el autor de las “Bases”:
“Esa sociedad radicalmente diferente de la nuestra, debió al origen trasatlántico de sus habitantes sajones la estructura de su régimen político de gobierno en que la libertad del Estado tuvo por límite la libertad sagrada del individuo. Los derechos del hombre equilibraron allí en su valor a los derechos de la patria, y si el Estado fue libre del extranjero, los individuos no lo fueron menos respecto del Estado”.
“A la libertad del individuo –continúa Alberdi- que es la libertad por excelencia, debieron los pueblos del Norte la opulencia que los distingue”.
Este aviso interesa altamente a la salvación de las repúblicas americanas de origen latino. Sus destinos futuros deberán su salvación a la libertad individual, o no los verán jamás superados si esperan que alguien los salve por otra razón.
“Ese es el orden de la naturaleza, y por eso es el mejor y más fecundo en bienes reales. Los Estados son ricos por la labor de sus individuos; y su labor es fecunda porque el hombre es libre; es decir, dueño y señor de su persona, de sus bienes, de su vida, de su hogar”. O sea, la limitación del poder por los derechos individuales.
Prestemos ahora atención a las siguientes afirmaciones de Alberdi:
“Cuando el pueblo de esas sociedades anglosajonas necesita alguna obra o mejoramiento de público interés, sus hombres se miran unos a otros, se buscan, se reúnen, discuten, ponen de acuerdo sus voluntades, obran por sí mismos en la ejecución del trabajo que sus comunes preferencias necesitan ver satisfechas”.
“En los pueblos de origen latino –en cambio- los individuos que necesitan un trabajo de mejoramiento general, elevan los ojos al Gobierno, esperan todo de su intervención y se quedan sin agua, sin luz, sin comercio, sin puentes, sin muelles...”, lo cual –agregamos- es tan cierto ayer como hoy (Ej.: “piqueteros” que violan la Constitución Nacional y copan plazas, puentes, autopistas, etc., que extorsionan a los funcionarios, son recibidos “como en su casa” por las más altas autoridades de la Nación, que deberían garantizar los derechos constitucionales de los habitantes).
LA CLAVE DE LA PATOLOGÍA POLÍTICA CONTEMPORÁNEA
En esta diferenciación alberdiana de la esencia latina y sajona de la libertad, reside la clave de la correcta interpretación de la patología política de nuestros días, como surge del análisis que en igual forma desarrollara el citado Premio Nobel Friedrick von Hayek, lógicamente incorporando las enseñanzas de los cien años transcurridos.
Hayek en su magna obra jurídica, económica y política, en realidad eleva a la verdadera jerarquía intelectual a nuestro ilustre compatriota, lamentablemente casi desconocido por la mayoría de sus conciudadanos, sobre todo por sus dirigentes.
Como Alberdi, Hayek afirma que el desarrollo de la teoría de la libertad moderna tuvo lugar principalmente en el siglo XVIII en dos países, uno de los cuales conocía la libertad, Inglaterra, y el otro no, Francia.
Existe una teoría evolucionista de las instituciones, la sajona, y otra constructivista u organizativa, la francesa. Esta última nace con el iluminismo a ultranza iniciado por Descartes, que reconoce sólo lo que la razón a ultranza construye o demuestra; luego por la “voluntad general” de Rousseau que desemboca en el jacobinismo de la Revolución Francesa; más tarde por el positivismo de Compte y su ingeniería social y hoy con la moderna “planificación indicativa”, la “concertación”, los “consensos”, las llamadas “políticas de Estado”, etc., pero que responden todos a la concepción del manejo de la sociedad desde el poder y del gobierno que lo personifica, como decía Alberdi. Para esta concepción la libertad política –el día del comicio- es más importante que la libertad civil –entre comicios-, antítesis de lo que dice nuestro Montes de Oca: “La libertad política tiene por objeto garantizar la vigencia de la libertad civil”. Esto se comprueba también recordando que luego de la Revolución Francesa, la Primera República termina en el Primer Imperio, la Segunda República termina en el Segundo Imperio, la Tercera República en Petain, la Cuarta República en el régimen personal del General De Gaulle, y la Quinta República en Miterrand, con un poder centralizado y arbitrario que es, precisamente, lo que se quería evitar en 1789. Las revoluciones cambiaron el gobierno pero no lo limitaron.
Por el contrario, el Iluminismo Británico –como lo llama Hayek – debido principalmente a los filósofos escoceses David Hume, John Locke, Adam Ferguson y Adam Smith, concebía, no el racionalismo constructivista francés, sino el evolutivo, esto es la teoría de la evolución, según la cual los pueblos se encuentran con instituciones que, si bien son el resultado de la acción de los hombres, no lo son del designio humano (no es deliberado, no es planificado). Así lo son la mayoría de las instituciones humanas, como el idioma de cada país, el derecho, la moral, la moneda: son el resultado de la acción del hombre a través de años de evolución, lo cual, mediante el sistema de la prueba y el error, va incorporando todo aquello que es útil a la pacífica convivencia humana que constituye el objetivo de todas las ciencias sociales. Este es el racionalismo evolutivo. Esta nueva concepción tuvo por finalidad impedir la arbitrariedad del poder logrando que todos fueran tratados igualmente, sin discriminaciones siempre odiosas, para lo cual debían ser respetados y garantizados los derechos individuales de todos sin excepción. No se habló de “voluntad mayoritaria” sino de “derechos y garantías para todos y cada uno, privilegios para ninguno”, como lo ordena nuestra sabia Constitución de 1853. (SOBRE ESTE IMPORTANTE TEMA, PUEDE CONSULTARSE EN EL APÉNDICE).
Vemos que la diferenciación de Hayek coincide con la de Alberdi. La concepción francesa habla de “voluntad general” (o de sus representantes), que nada tiene que ver con la justicia y a menudo sí con el autoritarismo y la arbitrariedad que hemos padecido y padecemos en carne propia. Por el contrario, la garantía alberdiana de los derechos individuales crea el ámbito de la seguridad jurídica, de la confianza económica y, finalmente, de la estabilidad política e institucional, que muchos buscan por caminos equivocados. Son, pues, dos concepciones antagónicas e irreconciliables que dan origen a dos conceptos de la libertad, dos de la ley, dos de los derechos, del estado, de la democracia y del orden social, incompatibles entre sí. En un caso, la sociedad es manejada desde el poder, en el otro es organizada desde abajo, desde el ciudadano y sus derechos personales (la sociedad contractual y la economía de mercado libre).
Cien años después ha dicho Hayek refiriéndose a la moderna democracia ilimitada: “Son sus ilimitados poderes los que impiden al gobierno negarse a otorgar privilegios arbitrarios, resultando así el poder omnímodo pero paradójicamente también débil y corrupto, juguete de los grupos de presión y de intereses, a quienes debe cortejar para obtener y conservar su favor”. Es evidente –sigue Hayek- que la única forma de limitar el poder de los grupos, es limitar el poder del gobierno en hacer tales concesiones privilegiadas, preservando así al gobierno democrático de la extorsión que hoy padece”. Esa era –decimos- la función de los “derechos y garantías” y de la ley igual y para todos, como límite a los tres poderes, que propician Hayek y Alberdi, que poco tiene que ver con las “concertaciones”, los llamados “consensos” o “políticas de Estado”, que hoy se propician como sustitutos de la Constitución Nacional.
Ya decía Alberdi en el “Sistema Económico y Rentístico”:
“La Constitución antes de crear los poderes públicos, trazó en su Primera Parte los Principios (derechos individuales) que debían servir de límite a esos poderes: primero construyó la medida y luego el poder. En ello tuvo por objeto limitar no a uno sino a los tres poderes; y de ese modo el poder legislador quedó tan limitado como el del ejecutivo mismo”. Eso es –agregamos- lo que ordena el Art. 28 de la Constitución, totalmente ignorado por concepciones antijurídicas e inmorales, que afloran en forma de reiteradas crisis económicas. Son Rousseau y Compte los que han sustituido erróneamente a Locke y al reinado de la ley natural.
ALBERDI, HOY
La importancia del pensamiento y obra de Alberdi, hoy, reside en que la alternativa que él debió enfrentar, luego de 30 años de guerras civiles y 20 de obligados exilios, es similar a la que hoy se nos presenta luego de 60 años de errores y antinomias irreconciliables. El tenía dos opciones: o continuar con la arbitrariedad y autoritarismo del régimen rosista o producir el gran cambio que permitiera la liberación de las energías de los argentinos, hasta ese entonces amordazadas. Y ese fue el orden social de la libertad, de la garantía de los derechos, con la genial interpretación del autor de las “Bases y Puntos de Partida...” y del “Sistema Económico y Rentístico...”.
Y esa es la misma alternativa que tenemos hoy por delante, y de cuya correcta elección depende la suerte de la República: o el sistema de la libertad jurídica, económica y política, o la arbitrariedad y autoritarismo, se diga o no democrático. El mandato de Alberdi es terminante e inequívoco: liberalismo –integral y científico- o desintegración social.
La Argentina es la única Nación que, habiendo conocido y vivido en el SISTEMA DE LA LIBERTAD (1853-1916), luego haya desertado de él, abandonando la cultura de la civilización que es también la cultura de la libertad, porque como decía Estrada en el siglo XIX: “las fantasías políticas son pecados que no pagan los teorizantes, sino los pueblos”, como lamentablemente ha ocurrido.
APENDICES
1. Lo que la República necesita
Como decía Luigi Einaudi: “Lo que la República necesita son políticos que entiendan las instituciones a que han sido asignados”. Y lamentablemente eso es lo que no ha ocurrido; se han reemplazado los principios probados como límites a la ley y al poder que la dicta, por meras opiniones personales.
Y eso es lo grave: que en Occidente esté en vigor la democracia de gobiernos limitados sólo por las opiniones cambiantes de la oposición o de las alianzas, no para fortalecer las creencias, sino para aumentar el número y lograr el poder como sea. Por lo que en esta democracia –sin límite de los principios, derechos y garantías escritos en la Constitución que frenan los desvaríos del poder- cada elección prácticamente puede tener los efectos de una reforma constitucional sorpresiva, no declarada. En verdad, se reemplazan así las normas constitucionales por los programas partidarios, si los hay. De la República y de la Constitución limitativa: ¡ni hablar!. Hay política, pero sin instituciones, esto es ilimitada.
Y la situación se complica, porque luego de medio siglo de docencia al revés, los “errores a nivel pseudo científico (Hayek) han socavado los cimientos de nuestra civilización, pues el moderno desarrollo del derecho responde en gran medida a dictados de una falsa teoría económica ( o al voluntarismo político)”. Sintetizando, se ha adoptado “el error económico como credo político”, constituyendo una burla a los derechos que se “enuncian” y una trampa a la “democracia” que se declama.
2. El Gobierno Representativo
Porque no es posible olvidar con la ligereza que se ha hecho, que el verdadero significado del “Gobierno representativo” de nuestra Constitución fue reafirmado en una declaración de la Suprema Corte de Justicia de los EE.UU. en 1943, que decía: “El derecho a la vida, a la libertad, a la propiedad; la libertad de expresión, de reunión, de asociación, de trabajo, no pueden ser sometidas a votación, no pueden depender del resultado de una elección. Porque el verdadero propósito de la Declaración de Derechos ha sido, precisamente, sustraer ciertas cuestiones fundamentales de la controversia política, y colocarlas más allá de las mayorías circunstanciales”. Esta es la síntesis de la Constitución de 1787-1791, de Madison y Jefferson, la libertad civil como límite a la libertad política; los principios, derechos y garantías como límite a la “controversia política de las cuestiones fundamentales” por las mayorías circunstanciales.
Y es la misma síntesis del alberdiano art. 28 de nuestra Constitución de 1853: “Los derechos previamente establecidos no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio”; los derechos son los límites a la ley y al poder que las dicta. Este es el concepto fundamental de ambas Constituciones, que triunfan hoy en el mundo, aún en medio de la conmoción global.
Y es la misma síntesis del alberdiano art. 28 de nuestra Constitución de 1853: “Los derechos previamente establecidos no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio”; los derechos son los límites a la ley y al poder que las dicta. Este es el concepto fundamental de ambas Constituciones, que triunfan hoy en el mundo, aún en medio de la conmoción global.
Pero en nuestro país –lamentablemente- tales “cuestiones fundamentales” no han sido sustraídas, sino precisamente incluidas en la controversia política, con el resultado del predominio de la libertad política sobre la libertad civil, justamente en el período 1943-1946, cuando la República se encontraba a la cabeza de Latinoamérica y entre los siete primeros países del mundo, mientras que la Segunda Guerra Mundial tocaba a su fin.
En ese momento (1946) las naciones triunfadoras condenaron las pseudoinstituciones nazis, fascistas, corporativistas, cuyos desvaríos habían costado 60 millones de muertos. Y, ¡oh, asombro! en el mismo año el mismo gobierno electo en la Argentina adoptó ese régimen execrado en los países del mundo civilizado. Este “nuevo régimen” se materializó en la parodia de Juicio político a la Suprema Corte, el cambio de Constitución (la de 1949, vulnerando –como siempre- el Art. 30 de la de 1853) que sustituyó la “limitación del poder” por el “manejo arbitrario de la sociedad desde el poder” (Fatal arrogancia, dice Hayek).
El desastre jurídico, económico, moral y político no se hizo esperar, por lo que en 1955 la Revolución Libertadora reconoció nuevamente la Carta Fundadora de 1853 y la legitimó en la Constituyente de 1957.
3. El liberalismo como sistema evolutivo
Adam Ferguson decía en el siglo XVIII: “Los pueblos se encuentran con Instituciones que si bien son el resultado de la acción humana, no lo son del designio o acción deliberada humana”. Son producto de la evolución, como lo ha sido el lenguaje, la escritura, el derecho, la moral, el contrato, la moneda, el mercado y otras tantas instituciones. El lenguaje, por ejemplo, nadie lo inventó; es producto de la evolución de cada país, pero luego los hombres -mediante la razón- han estudiado cada idioma y extraído las normas que constituyen la “gramática” para que la gente hable bien y pueda entenderse con su prójimo (lo mismo ocurre con el derecho, la moneda, el mercado, etc.); así también el liberalismo es el conjunto de normas extraídas del resultado de la acción y de la ley natural para que la sociedad funcione eficazmente, logrando la convivencia pacífica y el progreso.
El liberalismo, pues, es a la organización de la sociedad lo que la gramática es al lenguaje: ambos, liberalismo y gramática, han estudiado y extraído las reglas para un mejor aprendizaje, adecuado funcionamiento y debida preservación de sus respectivas disciplinas: la sociedad y el lenguaje. “Orden social –decía Ortega y Gasset- no es una presión que se ejerce desde afuera de la sociedad, sino un equilibrio que se suscita desde su interior”. En verdad el equilibrio que se suscita es debido al orden espontáneo, el de la libertad en los distintos campos.
4. Lo que la argentina debe a Alberdi (1)
Podemos decir que la Argentina debe a Alberdi, en primer lugar, la primera obra jurídica en América en defensa de la libertad y de los derechos del hombre (Su “Fragmento preliminar al estudio del Derecho” de 1837); la defensa de la Organización Nacional (Las “Bases y Puntos de Partida....” de 1852); la defensa y redacción del proyecto de Constitución -en la segunda edición de las Bases en 1852- que con algunas modificaciones votó el Congreso Constituyente de Santa Fe; la defensa del Derecho Público Provincial que integra su pensamiento constitucional; la defensa de la economía en libertad indispensable para no invalidar la concepción jurídica de la Constitución y hacer del federalismo una realidad (“Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina según su Constitución de 1853”); la defensa de las rentas nacionales sin afectar la prosperidad o el bienestar general (en la misma obra de 1854 y en sus “Estudios Económicos” de 1878); la defensa de una Organización de Estados Americanos en 1848 (Memoria sobre la necesidad y objeto de un Congreso General Americano); la defensa de la Capital Federal sintetizada en “La Nación Argentina consolidada en 1880, con la ciudad de Buenos Aires como Capital”, de 1881 y, finalmente, su admirable síntesis de toda su obra y verdadero testimonio político en “La Omnipotencia del Estado es la negación de la libertad individual”. En resumen, puede decirse que Alberdi hizo jurídicamente la República Argentina, resultando el gran arquitecto de la definitiva organización de nuestra patria.
(1) Alberdi, el gran arquitecto de la definitiva organización de la República. Por el miembro de número de la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas, Dr. Enrique de Gandía.
Dn. Carlos Alberto Sánchez Sañudo:Profesó gran admiración al pensamiento de Juan Bautista Alberdi y defendió, desde diferentes tribunas, la vigencia de la Constitución nacional de 1853 siempre que se impulsó su modificación. Luego de una vida de servicio en la Armada, abandonó la carrera militar para difundir los principios del liberalismo político y económico.
Sánchez Sañudo había nacido en noviembre de 1914. Egresado en 1937 de la Escuela Naval con el grado de guardiamarina, se especializó en comunicaciones y sirvió en distintos buques y reparticiones. Fue, más tarde, profesor de electrónica y comunicaciones en la Escuela Naval Militar y en la Escuela de Aplicaciones para Oficiales, en 1952 y 1953.
Comandó, durante su actividad militar, la fragata Sarandí, el crucero La Argentina y el portaaviones Independencia, entre otras embarcaciones.
Sánchez Sañudo desempeñó un papel preponderante en los hechos ocurridos el 16 de septiembre de 1955, cuando grupos de las tres armas derrocaron al gobierno de Juan Domingo Perón.
De esta manera, una vez instaurado el nuevo ciclo histórico de la Argentina, Sanchez Sañudo se sumó al gobierno como secretario general del almirante Isaac Rojas, que ocupó el cargo de vicepresidente de la Nación.
Por tra parte, Sánchez Sañudo se retiró de la fuerza en septiembre de 1962, luego de ejercer la titularidad de la Dirección General de Material Naval.
El gran interés que demostró por áreas del saber como la economía y el derecho constitucional, a las que se dedicó en forma autodidacta, lo llevó a presidir la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas.
En este ámbito fue un ferviente defensor de las ideas del autor de "Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina", fundó la Institución Alberdi, desde la que difundió el pensamiento del célebre tucumano a través de conferencias y escritos.
En el centenario del fallecimiento de Alberdi, en 1984, durante una conferencia en el Colegio de Escribanos, había afirmado que Alberdi eligió transitar, y dejar sentado, el camino del "orden social, de la libertad y de la garantía de los derechos".
Sánchez Sañudo fue autor del libro "Qué es la democracia", donde se ponían de manifiesto sus profundas convicciones liberales y su convencimiento de que en una democracia deben existir mecanismos para limitar los poderes del Estado. Incursionó, además, en el terreno de la política cuando se desempeñó como secretario de la mesa directiva de la Ucedé.