Límite al poder: La omnipotencia del Estado es la negación de la libertad individual
Por Carlos A. Sánchez Sañudo
Conferencia
que pronunció el 5 de noviembre de 2004, día en que celebraba sus 90
años de edad, en la sede del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos
Aires
Este trabajo realizado por Dn. Carlos
Sánchez Sañudo tiene el doble mérito –además de su enjundia de
conocimientos- el de haber sido escrito por él a los 90 años de edad
para festejar su onomástico. Segundo, revela el patriotismo de este
marino que no escatima esfuerzos y sacrificios con tal de legar a sus
conciudadanos y a la posteridad, las clarísimas soluciones a los
problemas que agobian desde hace años a los argentinos. Por eso nos
esforzamos en tratar de publicarlo lo antes posible para su difusión
adecuada.
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Comenzaremos por el final casi de la
vida de Alberdi, al haber sido designado por la provincia de Tucumán
candidato al Congreso Nacional.
Por tal motivo, el prócer preparó y
presentó “La omnipotencia del Estado es la negación de la libertad
individual”, que el 24 de mayo de 1880 leyó en la Facultad de Derecho y
Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, en oportunidad de
la colación de grados realizada para otorgarle a él el título de miembro
honorario.
LIMITE AL PODER:
LA OMNIPOTENCIA DEL ESTADO ES LA NEGACIÓN DE LA LIBERTAD INDIVIDUAL
Hemos elegido para esta síntesis del
“Evangelista de la Libertad” –como con justicia se ha llamado al gran
tucumano- porque consideramos que permite realizar comprobaciones
importantes: la primera relacionada con la continuidad del pensamiento
de Alberdi a lo largo de toda su obra doctrinaria, desde el “Fragmento
Preliminar al Estudio del Derecho”, hasta la obra que hoy comentamos,
escrita ésta a los setenta años, cuatro antes de su muerte. La segunda,
porque en este trabajo realiza una suerte de “estudio de los escollos y
peligros a que están expuestas las libertades”, o mejor aún, un
“Análisis de la Patología Político-institucional en Sud América”,
adelantándose cien años al análogo estudio realizado por el Premio Nobel
Friedrick Hayek en sus “Fundamentos de la Libertad” y en su posterior
libro “Derecho, Legislación y Libertad”, de indiscutible actualidad. Y
la tercera comprobación es que nos permite constatar la modernidad del
pensamiento y mensaje de Alberdi, que hizo de nuestra patria una gran
nación mientras lo respetamos, y que nos ha sumido en la lamentable
situación actual cuando, desde hace seis décadas, irracionalmente lo
abandonamos (fin de la segunda guerra mundial).
LA CONTINUIDAD DE LA OBRA DE ALBERDI
Brevemente recordaré que, en su primera
obra doctrinaria, el “Fragmento Preliminar al Estudio del Derecho”,
señala el joven de 27 años: “El pueblo no es soberano de mi
libertad, ni de mi inteligencia, ni de mis bienes, ni de mi persona, que
tengo de la mano de Dios, sino por el contrario, no tiene soberanía
sino para impedir que se me prive de mi libertad, de mis bienes, de mi
persona. De modo que, cuando el pueblo o sus representantes, en vez de
cumplir con ese deber, son los primeros en violarlos, no son criminales
únicamente sino también perjuros y traidores”. Esta es la misma
idea de la libertad civil que desarrolla en la obra que hoy comentamos,
casi como un himno a la libertad individual y al orden social que ella
implica.
Al respecto recordamos que el Premio
Nobel von Hayek concordantemente ha expresado que “la voluntad popular
es soberana, pero en modo alguno ilimitada”, como creen los demócratas
antiliberales.
EL ANÁLISIS DE LA PATOLOGÍA POLÍTICA
Comienza Alberdi su discurso destacando que una de “las
más profundas raíces de nuestras tiranías en Sudamérica es la noción
grecorromana del Estado y de la Patria, que debemos a la educación
semiclásica que nuestras universidades han copiado a la Francia”.
En este estudio sobre la evolución de la
libertad a lo largo de los tiempos, comenzó diferenciando los dos
períodos de las sociedades griegas. “En la ciudad antigua –decía- el
sentimiento personal formaba parte de la religión. Se amaba a la patria
porque se amaba a sus dioses protectores, las leyes eran fórmulas
sagradas. Cada comuna tenía, no solo independencia, sino también su
culto y su código. Para los antiguos, Dios no estaba en todas partes.
Los dioses de cada hombre eran aquellos que habitaban su casa, su
comuna, su cantón. Por el contrario, el desterrado, al dejar su patria
tras sí, dejaba también sus dioses y su propiedad, no teniendo culto, no
tenía ya familia: dejaba de ser marido y padre. Por ello el destierro
de su ciudad no parecía un suplicio más tolerable que la muerte. Los
jurisconsultos romanos le llamaban pena capital. La religión, el
derecho, el gobierno dependían del municipio. La ciudad era la única
fuerza viva, nada más arriba de ella, nada más abajo, es decir: ni
unidad nacional, ni libertad individual. El Estado así entendido era y
tenía que ser la negación de la libertad individual, en que cifran la
libertad de todas las sociedades modernas que son realmente libres”.
“Pero cuando la casta sacerdotal perdió
su dominación, se emancipó el individuo; no se pretendió ya que la
persona fuera sacrificada al Estado”.
“Se acabó el espíritu comunal. No se amó
ya a la Patria por su religión y sus dioses; se la amó por sus leyes
–dice Alberdi-, por sus instituciones, por los derechos y la seguridad
que ella acordaba a sus miembros. Ya no se amó a la patria sino en tanto
se amaba al régimen institucional que prevalecía en ella a la sazón. El
patriotismo municipal pereció en las almas. Entonces, se comenzó a
emigrar más voluntariamente; se temió menos al destierro. Es el Siglo de
Pericles”.
“Comenzaba a sentirse la necesidad de
salir del sistema comunal para llegar a otra forma de gobierno por
encima de las ciudades para que velase por el mantenimiento del orden y
obligase a aquellas a abandonar sus turbulencias y a vivir en paz”.
“Esta disposición integradora de los
espíritus constituyó la fortuna de Roma y lo que la puso a la cabeza del
mundo. Tuvo su apogeo en la República, tanto griega como romana,
declinando con la degeneración de éstas, cuando se retornó al
absolutismo del Imperio Romano”.
LA GRAN REVOLUCION DEL CRISTIANISMO
“Pero la gran revolución que trajo
el Cristianismo en la noción del hombre, de Dios, de la familia, de la
sociedad toda entera cambió radical y diametralmente las bases del
sistema greco-romano”.
“El Cristianismo no era la religión
de una familia, de una ciudad ni de ninguna raza. No pertenecía ni a una
casta ni a una corporación. Desde su comienzo llamaba a la humanidad
toda entera. Jesucristo decía a sus discípulos: “Id a instruir a todos
los pueblos”. Para este Dios que era único y universal no había
extranjeros; no fue un deber para el ciudadano detestar al extranjero.
El Cristianismo es la primera religión que no haya pretendido que el
derecho dependiese de ella”
“Haciendo de cada hombre el hermano
de otro hombre a quien debe respeto y amor de hermano, el Cristianismo
ha creado la igualdad, es decir, la libertad de todos por igual”, agrega Alberdi.
“Sin embargo, el renacimiento de la
civilización antigua entre las ruinas del Imperio Romano y la formación
de los estados modernos, conservaron o revivieron los cimientos de la
civilización pasada y muerta, no ya en el interés de los estados mismos,
todavía informes, sino en la de los gobernantes, en quienes se
personificaba la majestad, la autoridad y la omnipotencia del estado”.
“De ahí el despotismo de los reyes
absolutos surgidos de la feudalidad de la Europa regenerada por el
Cristianismo. El estado continuó siendo omnipotente respecto de cada
persona, pero personificado en su soberano, en sus monarcas, no en sus
pueblos”.
“La omnipotencia de los reyes tomó
el lugar de la omnipotencia del Estado. Quienes no dijeron “El Estado
soy yo”, lo pensaron y creyeron, como aquel que lo dijo” destaca Alberdi.
“Luego, sublevados contra los reyes,
los pueblos los reemplazaron en el ejercicio del poder; la soberanía
del pueblo tomó el lugar de la soberanía de los monarcas, aunque
teóricamente”.
Pero lo importante es lo que veremos
ahora, la división que, a partir de este introito greco-romano, compara
Alberdi, hace de la patología política contemporánea, que explica la de
nuestros días y también nuestras crisis progresivas e ininterrumpidas.
LA PATOLOGÍA POLÍTICA CONTEMPORANEA
“El Estado es libre –dice Alberdi- en
cuanto no depende del extranjero, pero el individuo carece de libertad
en cuanto depende del Estado de un modo omnímodo y absoluto. El Estado
es libre en cuanto absorbe y monopoliza las libertades de todos sus
individuos, pero sus individuos no lo son, porque el gobierno les tiene
todas sus libertades”. Vemos que éste es el mismo pensamiento que
tenía a los 27 años y que recordamos al principio. Y vemos también que
basta no tener amnesia para recordar varias situaciones análogas que
hemos padecido en las últimas décadas.
“Tal es –continúa- el
régimen social que ha producido la Revolución Francesa y tal la sociedad
política que en la América grecorromana de raza ha producido el ejemplo
y repetición de tal revolución, que dura hasta el presente”.
Más aún: “El Contrato Social de Rousseau –agregaba- convertido
en catecismo de nuestra revolución por el Dr. Moreno, ha gobernado a
nuestra sociedad, en la que el ciudadano ha seguido siendo una
pertenencia del Estado o de la Patria, encarnada y personificada en sus
gobiernos, como representantes naturales de la majestad del Estado
omnipotente, llamado libre sólo porque dejó de emanar del extranjero”.
Aquí comienza él a desarrollar la diferencia de concepto entre libertad
exterior y libertad interior, entre independencia nacional exterior y
libertad ciudadana interior. Para ello la libertad francesa, que
acabamos de ver, con la libertad anglosajona. Las revoluciones cambiaron
el gobierno, pero no lo limitaron.
Por el contrario, el Iluminismo
Británico –como lo llama Hayek- debido principalmente a los filósofos
escoceses David Hume, John Locke, Adam Ferguson y Adam Smith, concebían,
no el racionalismo constructivista francés, sino el evolutivo, esto es
la teoría de la evolución, según la cual los pueblos se encuentran con
instituciones que, si bien son el resultado de la acción entre los
hombres, no lo son del designio humano (no es deliberado, no es
planificado). Así son la mayoría de las instituciones humanas, como el
idioma de cada país, el derecho, la moral, la moneda: son el resultado
de la acción del hombre a través de años de evolución, lo cual, mediante
el sistema de la prueba y el error, va incorporando todo aquello que es
útil a la pacífica convivencia humana, que constituye el objetivo de
todas las ciencias sociales. Este es el racionalismo evolutivo. Esta
nueva concepción tuvo por finalidad impedir la arbitrariedad del poder
logrando que todos fueran tratados igualmente, sin discriminaciones
siempre odiosas; para lo cual debían ser respetados y garantizados los
derechos individuales de todos sin excepción. No se habló de “voluntad
mayoritaria” sino de “derechos y garantías para todos y cada uno,
privilegios para ninguno”, como ordena nuestra sabia Constitución de
1853. (SOBRE ESTE IMPORTANTE TEMA, PUEDE CONSULTARSE EL APÉNDICE)
Vemos que la diferenciación de Hayek
coincide con la de Alberdi. La concepción francesa habla de “voluntad
general” (o de sus representantes), que nada tiene que ver con la
justicia y a menudo sí con el autoritarismo y la arbitrariedad que hemos
padecido y padecemos en carne propia. Por el contrario, la garantía
alberdiana de los derechos individuales crea el ámbito de la seguridad
jurídica, de la confianza económica y, finalmente, de la estabilidad
política e institucional, que muchos buscan por caminos equivocados.
Son, pues, dos concepciones antagónicas e irreconciliables que dan
origen a dos conceptos de la libertad, dos de la ley, dos de los
derechos, del Estado, de la democracia social, incompatibles entre sí.
En un caso la sociedad es manejada desde el poder, en el otro es
organizada desde abajo, desde el ciudadano y sus derechos personales (La
sociedad contractual y la economía de mercado libre).
Cien años después ha dicho Hayek refiriéndose a la moderna democracia ilimitada: “Son
sus ilimitados poderes los que impiden al gobierno a negarse a otorgar
privilegios arbitrarios, resultando así el poder omnímodo pero
paradójicamente también débil y corrupto, juguete de los grupos de
presión y de intereses, a quienes debe cortejar para obtener y conservar
su favor”. “Es evidente –sigue Hayek- que la única
forma de limitar el poder de los grupos, es limitar el poder del
gobierno en hacer tales concesiones privilegiadas, preservando así al
gobierno democrático de la extorsión que hoy padece”.
Es era –decimos- la función de los
“derechos y garantías” y de la ley igual y para todos, como límite a los
tres poderes, que propician Hayek y Alberdi, que poco tiene que ver con
las “concertaciones”, los llamados “consensos” o “políticas de Estado”,
que se propician como sustitutos de la Constitución Nacional.
Ya decía Alberdi en el “Sistema Económico y Rentístico”:
“La Constitución antes de crear los
poderes públicos, trazó en su Primera Parte los Principios (derechos
individuales) que debían servir de límite a esos poderes; primero
construyó la medida y luego el poder. En ello tuvo por objeto limitar no
a uno sino a los tres poderes, y de ese modo el poder legislador quedó
tan limitado como el del Ejecutivo mismo”. Eso es –agregamos- lo
que ordena el Art. 28 de la Constitución, totalmente ignorado por
concepciones antijurídicas e inmorales que afloran en forma de
reiteradas crisis económicas. Son Rousseau y Compte los que han
sustituido erróneamente a Locke y al reinado de la ley natural.
ALBERDI HA BUSCADO Y ANALIZADO LA PATOLOGÍA Y DADO LA SOLUCION
Prosigue afirmando: “Pero la raíz y
cuna de nuestras tiranías modernas en Sud América no se debe sólo a
nuestra remota ascendencia greco-romana a través del régimen político
nacido en la Revolución Francesa, sino también a nuestro origen
inmediato y moderno de carácter español”.
“La corona de España no fundó sus
colonias de América para conferir riqueza y poder a sus colonos, sino
para negocio y poder propios de la corona misma. La Colonia recibió la
Constitución social y política que debía hacer de su pueblo un mero
instrumento del Real Patrimonio, un simple productor fiscal de cuenta de
su Gobierno y para su real beneficio”.
“A pesar de nuestras modernas
Constituciones, la República continuó siendo en este punto gobernada
para provecho de los poderes públicos que reemplazaron al poder real”.
“Sin duda –prosigue- que
las Constituciones que reglaron luego la conducta del gobierno de la
República calificaron de crimen legislativo el acto de dar poderes
extraordinarios y omnímodos a sus gobernantes; pero esa magnífica
disposición no impidió que la suma de todos los poderes y fuerzas
económicas del país quedasen de hecho a discreción del gobierno, que
puede usar de él por mil medios indirectos”. Como ocurrió hace poco en el actual gobierno.
“¿Cómo así?”, se pregunta. “Mientras
la arbitrariedad y el autoritarismo existan en el sistema sin un
déspota, los efectos de ese estado de cosas no se harán sentir en los
gobernados como en la época de Rosas, pero su resultado infalible será
la pobreza y la crisis de empobrecimiento”. Preveía Alberdi los
resultados de la inseguridad y desconfianza económica que conviven con
la actual “democracia ilimitada” y, por lo tanto, antiliberal.
“América, no reside en el déspota y
en el tirano, sino en la máquina o construcción mecánica del Estado, por
la cual todo el poder de sus individuos, refundido y condensado, cede
en provecho de su gobierno y queda en manos de su institución”. “El
déspota y el tirano son el efecto y el resultado, no la causa, de la
omnipotencia de los medios y fuerzas económicas del país puestas en
poder de su gobierno y del círculo personal que personifican al estado,
por la maquinaria del Estado mismo”. “Resulta así sumergida y ahogada la libertad de los individuos en ese caudal de poder público ilimitado y omnipotente”.
Puede llamar la atención del lector que
Alberdi ponga como causa principal la omnipotencia de las fuerzas
económicas estatales. No es ello porque diera más importancia a la
economía que al derecho, sino que, como era un gran jurista y mejor
economista, advirtió que el derecho y la economía son correlativos e
interdependientes, por lo que toda aberración económica estatal
significa una vulneración del orden jurídico. Percibió, como pocos, que
si al poder político se le agrega el económico, se desemboca en el poder
omnímodo, que vulnera todos los derechos, todas las libertades y al
propio “Estado de Derecho”, de lo que hemos sido y somos testigos.
LA EVOLUCION DE LA PATOLOGÍA POLÍTICA: LA GRAN ESTAFA
A modo de síntesis Alberdi expresa:
“No ha habido, pues, un error más
grande que el de creer que, en las ciudades antiguas griegas, el hombre
disfrutaba de la libertad. Ni idea siquiera tenían de ella. No creían
que pudiese existir derecho alguno en oposición a la ciudad y sus dioses”.
“Es verdad que revoluciones
ulteriores cambiaron esa forma de gobierno; pero la naturaleza del
Estado quedó casi la misma. El gobierno se llamó sucesivamente
monarquía, aristocracia, democracia; pero ninguna de esas revoluciones
dio a los hombres la verdadera libertad, que es la libertad individual”.
Y esto es de plena actualidad:
“Tener derechos políticos –señala- votar,
nombrar o elegir magistrados, poder ser uno de ellos, es todo lo que se
llama libertad, pero el hombre no continuaba menos avasallado al Estado
que antes lo estaba”.
Y este pensamiento de nuestro compatriota coincide con el de Hayek, cuando afirma: “La democracia no es la libertad ni la garantiza, es solo un intento de alcanzarla” y el problema –agregamos- es preservarla; como señala Julián Marías: “La
democracia que no preserva la libertad, profana su nombre, se
prostituye y anula. La libertad, en cambio, genera democracia, hace que
la vida se desarrolle democráticamente”.
Es que –como destaca Alberdi-: “Faltaba
la aparición del reinado del individualismo; es decir, de la libertad
del hombre levantada y establecida ante la faz del Estado y del
patriotismo, coexistiendo con ello armónicamente”.
“Se puede decir con verdad –sigue
Alberdi- que la sociedad de nuestros días debe al individualismo así
entendido, los progresos de su civilización. En este sentido, no es
temerario establecer que el mundo civilizado y libre, es la obra del
afán del progreso individual, cristianamente entendido. Ama a Dios sobre
todo, enseñó él, y a tu prójimo como a ti mismo, santificando de este
modo el amor de sí a la par del amor al prójimo”.
Y a continuación expresa, con actualidad abrumadora:
“La iniciativa privada ha
desmontado, desaguado, fertilizado nuestras campañas y edificado
nuestras ciudades; ella ha descubierto y explotado minas, trazado rutas,
abierto canales, construido caminos de hierro con sus trabajos de arte;
ella ha inventado y llevado a su perfección el arado, el oficio de
tejer, la máquina de vapor, la prensa, innumerables máquinas; ha
construido nuestros bajeles, nuestras inmensas manufacturas, los
recipientes de nuestros puertos; ella ha formado los bancos, las
compañías de seguros, los periódicos, ha cubierto la mar de una red de
líneas de vapor, y la tierra de una red eléctrica. La iniciativa privada
ha conducido la agricultura, la industria y el comercio a la
prosperidad presente y actualmente la impele en la misma vía con rapidez
creciente. ¿Por eso desconfiáis de la iniciativa privada?”.
¿Qué diría hoy si contemplara el estatismo e intervencionismo que nos ha empobrecido, desunido y confundido?.
“Porque, además, para esto último,
el Estado absorbe toda actividad de los individuos, esto es, el gobierno
engancha en las filas de sus empleados a los individuos que serían más
capaces entregados a si mismos. En todo interviene el Estado y todo se
hace por su iniciativa en la gestión de sus intereses públicos. El
Estado se hace fabricante, constructor, empresario, banquero,
comerciante, editor y se distrae así de su mandato esencial y único, que
es proteger a los individuos de que se compone, contra toda agresión
interna y externa impartiendo justicia. En todas las funciones que no
son de la esencia del Gobierno, obra como un ignorante y como
concurrente dañino de los particulares, empeorando el servicio del país
lejos de mejorarlo”.
Recuerda este pensamiento lo que decía en el “Sistema Económico y Rentístico” 25 años antes: “El
Estado no ha sido hecho para hacer ganancias, sino para hacer justicia,
no ha sido hecho para hacerse rico, sino centinela y guardián de los
derechos del hombre”.
OTRA PRUEBA DE LA ACTUALIDAD DE ALBERDI. “EL ORDEN ESPONTÁNEO”
Decía Alberdi en el “Fragmento Preliminar”: “Nuestra
prosperidad ha de ser obra de la espontaneidad, antes que de una
creación oficial. Muchas cosas materiales se han logrado a despecho de
Rosas, cuya omnipotencia ha sido vencida por la acción espontánea”.
Hayek, 100 años después, considera que
el liberalismo también reconoce un orden espontáneo. Alberdi y Hayek
establecen así el “cómo” lograr el tan proclamado “respeto a la dignidad
de la persona humana” a través de un orden espontáneo, para que cada
cual pueda hacer una realidad su libre albedrío y el ejercicio de la
libertad de elección y de acción, que es la verdadera libertad civil con
la inherente responsabilidad.
Ese es el orden social de la libertad,
por lo cual se ha llamado con justicia el precursor de la Escuela de
Viena y del moderno liberalismo integral y científico. Tal ordenamiento
basado en la libertad y espontaneidad, es el único que resuelve el
aparentemente insoluble problema de que la sociedad moderna se integra
con personas que no piensan igual, que poseen distintas escalas de
valores, muchos desconocidos entre sí y, a pesar de ello, tal
ordenamiento posibilita a cada cual alcanzar sus propios objetivos y el
de sus seres queridos, sirviendo a los demás en lo que éstos más
valoran, pudiéndose sentir así útiles a la sociedad a que pertenecen.
Y la solución a este complejísimo
problema de la sociedad moderna se encuentra en un orden jurídico
contrario a la arbitrariedad, y un orden económico que no lo invalide
–hoy llamada economía de libre mercado- que postula Alberdi a lo largo
de toda su obra; lo cual implica ausencia del intervencionismo
económico, pues éste destruye al orden jurídico mencionado y conduce a
la omnipotencia del Estado, se diga o no democrático.
“Abuso legal”, se dirá. Sí, y eso es lo
más grave: que la legalidad democrática pueda amparar al abuso. “La
tendencia del intervencionismo de Estado –dice Julián Marías- es un
rasgo que caracteriza la historia de Europa desde la Revolución
Francesa...”, y eso es lo que ha escrito Alberdi hace más de 100 años.
Es, pues, actual su pensamiento.
LA GRAN REVOLUCION POLÍTICA
Este es el experimento liberal que se
llevó a cabo en los EE.UU. luego de 1787 y en nuestro país
progresivamente después de 1853, permitiendo un progreso y una
civilización sin precedentes al posibilitar la unión de esfuerzos
correspondientes a voluntades y fines diferentes. Alberdi es sin duda la
primer figura en el mundo latino –repito: el primero- que entendió la
“revolución política y su consecuencia social que ello implica en
América” –son sus palabras- y desarrolla el sistema filosófico,
jurídico, económico y políticamente para lograr la unión nacional
mediante cooperación voluntaria entre personas tan distintas entre sí.
Así se hizo el país, luego de Caseros, con antinomias tan profundas,
ayer como hoy. Esa es la verdadera unión nacional. Fue el sistema que
posibilitó el llamado “milagro argentino”.
El único gran objetivo nacional fue ese:
garantizar el marco institucional para posibilitar el esfuerzo
mancomunado entre millones de personas desconocidas entre si que piensan
distinto. El resultado logrado por la generación del 37 imbricada con
la del 80 asombró al mundo hacia 1910, en el centenario de Mayo. Nuestra
declinación actual desde hace varias décadas se debe al enfrentamiento y
reemplazo “del límite a la arbitrariedad” –que son los derechos y
garantías individuales- por la “arbitrariedad sin límite”, como es el
concepto roussoniano de la “voluntad mayoritaria” que poco tiene que ver
con la seguridad jurídica, y que tampoco es voluntad de la mayoría,
sino de los grupos de presión sobre el gobierno y a quienes éste debe
cortejar para mantener su apoyo.
Se ha reemplazado así la “fuerza del
derecho” por el “derecho de la fuerza”, en este caso del número y de la
coacción de los grupos. A esto ha conducido la práctica política en
boga, con lo cual hoy la economía ignora al derecho y la política, a
ambos. La crisis ininterrumpida en que vivimos es, pues, su lógica
consecuencia.
LA SOCIEDAD CIVILIZADA
El sistema de Alberdi es el de la
sociedad civilizada, en pugna con la “sociedad tribal”, la organización
piramidal, que en el siglo XX es una aberración social y un suicidio
político, origen de la inestabilidad que todos pretenden erradicar.
Es que resulta difícil –si no imposible-
establecer extralimitaciones donde no hay límites precisos, como
establecía insistentemente Alberdi, incluso en el Art. 28; es decir,
puntos objetivos de referencia, para poder precisar en cada caso los
excesos gubernamentales. Se institucionaliza así como norma la
arbitrariedad, retornando al siglo XVII, a las leyes de Indias, y
preparándose la crisis política e institucional en curso y erróneamente
realimentada.
Y termina Alberdi su trabajo a modo de síntesis:
“La libertad individual –afirma- es
el límite sagrado en que termina la autoridad del Estado. Todos los
crímenes contra la libertad del hombre, han podido ser cometidos, no
sólo impune sino legalmente en nombre del Estado omnipotente, invocado
por su gobierno omnímodo. La libertad de la patria –afirma- es la
independencia respecto de todo país extranjero. La libertad del hombre
es la independencia del individuo respecto de su propio país”.
“La libertad de la patria es
compatible con la más grande tiranía, y pueden coexistir en el mismo
país. La libertad del individuo deja de existir por el hecho mismo de
asumir el Estado la omnipotencia del país. La libertad individual
significa literalmente ausencia de todo poder omnipotente y omnímodo en
el Estado y en el Gobierno del Estado”.
LA LIBERTAD SAJONA
“Otro fue el destino y la condición de la sociedad que puebla América del Norte”, y continúa el autor de las “Bases”:
“Esa sociedad radicalmente diferente
de la nuestra, debió al origen trasatlántico de sus habitantes sajones
la estructura de su régimen político de gobierno en que la libertad del
Estado tuvo por límite la libertad sagrada del individuo. Los derechos
del hombre equilibraron allí en su valor a los derechos de la patria, y
si el Estado fue libre del extranjero, los individuos no lo fueron menos
respecto del Estado”.
“A la libertad del individuo –continúa Alberdi- que es la libertad por excelencia, debieron los pueblos del Norte la opulencia que los distingue”.
Este aviso interesa altamente a la
salvación de las repúblicas americanas de origen latino. Sus destinos
futuros deberán su salvación a la libertad individual, o no los verán
jamás superados si esperan que alguien los salve por otra razón.
“Ese es el orden de la naturaleza, y
por eso es el mejor y más fecundo en bienes reales. Los Estados son
ricos por la labor de sus individuos; y su labor es fecunda porque el
hombre es libre; es decir, dueño y señor de su persona, de sus bienes,
de su vida, de su hogar”. O sea, la limitación del poder por los derechos individuales.
Prestemos ahora atención a las siguientes afirmaciones de Alberdi:
“Cuando el pueblo de esas sociedades
anglosajonas necesita alguna obra o mejoramiento de público interés,
sus hombres se miran unos a otros, se buscan, se reúnen, discuten, ponen
de acuerdo sus voluntades, obran por sí mismos en la ejecución del
trabajo que sus comunes preferencias necesitan ver satisfechas”.
“En los pueblos de origen latino –en
cambio- los individuos que necesitan un trabajo de mejoramiento
general, elevan los ojos al Gobierno, esperan todo de su intervención y
se quedan sin agua, sin luz, sin comercio, sin puentes, sin muelles...”,
lo cual –agregamos- es tan cierto ayer como hoy (Ej.: “piqueteros” que
violan la Constitución Nacional y copan plazas, puentes, autopistas,
etc., que extorsionan a los funcionarios, son recibidos “como en su
casa” por las más altas autoridades de la Nación, que deberían
garantizar los derechos constitucionales de los habitantes).
LA CLAVE DE LA PATOLOGÍA POLÍTICA CONTEMPORÁNEA
En esta diferenciación alberdiana de la
esencia latina y sajona de la libertad, reside la clave de la correcta
interpretación de la patología política de nuestros días, como surge del
análisis que en igual forma desarrollara el citado Premio Nobel
Friedrick von Hayek, lógicamente incorporando las enseñanzas de los cien
años transcurridos.
Hayek en su magna obra jurídica,
económica y política, en realidad eleva a la verdadera jerarquía
intelectual a nuestro ilustre compatriota, lamentablemente casi
desconocido por la mayoría de sus conciudadanos, sobre todo por sus
dirigentes.
Como Alberdi, Hayek afirma que el
desarrollo de la teoría de la libertad moderna tuvo lugar principalmente
en el siglo XVIII en dos países, uno de los cuales conocía la libertad,
Inglaterra, y el otro no, Francia.
Existe una teoría evolucionista de las
instituciones, la sajona, y otra constructivista u organizativa, la
francesa. Esta última nace con el iluminismo a ultranza iniciado por
Descartes, que reconoce sólo lo que la razón a ultranza construye o
demuestra; luego por la “voluntad general” de Rousseau que desemboca en
el jacobinismo de la Revolución Francesa; más tarde por el positivismo
de Compte y su ingeniería social y hoy con la moderna “planificación
indicativa”, la “concertación”, los “consensos”, las llamadas “políticas
de Estado”, etc., pero que responden todos a la concepción del manejo
de la sociedad desde el poder y del gobierno que lo personifica, como
decía Alberdi. Para esta concepción la libertad política –el día del
comicio- es más importante que la libertad civil –entre comicios-,
antítesis de lo que dice nuestro Montes de Oca: “La libertad política
tiene por objeto garantizar la vigencia de la libertad civil”. Esto se
comprueba también recordando que luego de la Revolución Francesa, la
Primera República termina en el Primer Imperio, la Segunda República
termina en el Segundo Imperio, la Tercera República en Petain, la Cuarta
República en el régimen personal del General De Gaulle, y la Quinta
República en Miterrand, con un poder centralizado y arbitrario que es,
precisamente, lo que se quería evitar en 1789. Las revoluciones
cambiaron el gobierno pero no lo limitaron.
Por el contrario, el Iluminismo
Británico –como lo llama Hayek – debido principalmente a los filósofos
escoceses David Hume, John Locke, Adam Ferguson y Adam Smith, concebía,
no el racionalismo constructivista francés, sino el evolutivo, esto es
la teoría de la evolución, según la cual los pueblos se encuentran con
instituciones que, si bien son el resultado de la acción de los hombres,
no lo son del designio humano (no es deliberado, no es planificado).
Así lo son la mayoría de las instituciones humanas, como el idioma de
cada país, el derecho, la moral, la moneda: son el resultado de la
acción del hombre a través de años de evolución, lo cual, mediante el
sistema de la prueba y el error, va incorporando todo aquello que es
útil a la pacífica convivencia humana que constituye el objetivo de
todas las ciencias sociales. Este es el racionalismo evolutivo. Esta
nueva concepción tuvo por finalidad impedir la arbitrariedad del poder
logrando que todos fueran tratados igualmente, sin discriminaciones
siempre odiosas, para lo cual debían ser respetados y garantizados los
derechos individuales de todos sin excepción. No se habló de “voluntad
mayoritaria” sino de “derechos y garantías para todos y cada uno,
privilegios para ninguno”, como lo ordena nuestra sabia Constitución de
1853. (SOBRE ESTE IMPORTANTE TEMA, PUEDE CONSULTARSE EN EL APÉNDICE).
Vemos que la diferenciación de Hayek
coincide con la de Alberdi. La concepción francesa habla de “voluntad
general” (o de sus representantes), que nada tiene que ver con la
justicia y a menudo sí con el autoritarismo y la arbitrariedad que hemos
padecido y padecemos en carne propia. Por el contrario, la garantía
alberdiana de los derechos individuales crea el ámbito de la seguridad
jurídica, de la confianza económica y, finalmente, de la estabilidad
política e institucional, que muchos buscan por caminos equivocados.
Son, pues, dos concepciones antagónicas e irreconciliables que dan
origen a dos conceptos de la libertad, dos de la ley, dos de los
derechos, del estado, de la democracia y del orden social, incompatibles
entre sí. En un caso, la sociedad es manejada desde el poder, en el
otro es organizada desde abajo, desde el ciudadano y sus derechos
personales (la sociedad contractual y la economía de mercado libre).
Cien años después ha dicho Hayek refiriéndose a la moderna democracia ilimitada: “Son
sus ilimitados poderes los que impiden al gobierno negarse a otorgar
privilegios arbitrarios, resultando así el poder omnímodo pero
paradójicamente también débil y corrupto, juguete de los grupos de
presión y de intereses, a quienes debe cortejar para obtener y conservar
su favor”. Es evidente –sigue Hayek- que la única forma de limitar
el poder de los grupos, es limitar el poder del gobierno en hacer tales
concesiones privilegiadas, preservando así al gobierno democrático de
la extorsión que hoy padece”. Esa era –decimos- la función de los
“derechos y garantías” y de la ley igual y para todos, como límite a los
tres poderes, que propician Hayek y Alberdi, que poco tiene que ver con
las “concertaciones”, los llamados “consensos” o “políticas de Estado”,
que hoy se propician como sustitutos de la Constitución Nacional.
Ya decía Alberdi en el “Sistema Económico y Rentístico”:
“La Constitución antes de crear los
poderes públicos, trazó en su Primera Parte los Principios (derechos
individuales) que debían servir de límite a esos poderes: primero
construyó la medida y luego el poder. En ello tuvo por objeto limitar no
a uno sino a los tres poderes; y de ese modo el poder legislador quedó
tan limitado como el del ejecutivo mismo”. Eso es –agregamos- lo
que ordena el Art. 28 de la Constitución, totalmente ignorado por
concepciones antijurídicas e inmorales, que afloran en forma de
reiteradas crisis económicas. Son Rousseau y Compte los que han
sustituido erróneamente a Locke y al reinado de la ley natural.
ALBERDI, HOY
La importancia del pensamiento y obra de
Alberdi, hoy, reside en que la alternativa que él debió enfrentar,
luego de 30 años de guerras civiles y 20 de obligados exilios, es
similar a la que hoy se nos presenta luego de 60 años de errores y
antinomias irreconciliables. El tenía dos opciones: o continuar con la
arbitrariedad y autoritarismo del régimen rosista o producir el gran
cambio que permitiera la liberación de las energías de los argentinos,
hasta ese entonces amordazadas. Y ese fue el orden social de la
libertad, de la garantía de los derechos, con la genial interpretación
del autor de las “Bases y Puntos de Partida...” y del “Sistema Económico
y Rentístico...”.
Y esa es la misma alternativa que
tenemos hoy por delante, y de cuya correcta elección depende la suerte
de la República: o el sistema de la libertad jurídica, económica y
política, o la arbitrariedad y autoritarismo, se diga o no democrático.
El mandato de Alberdi es terminante e inequívoco: liberalismo –integral y
científico- o desintegración social.
La Argentina es la única Nación que,
habiendo conocido y vivido en el SISTEMA DE LA LIBERTAD (1853-1916),
luego haya desertado de él, abandonando la cultura de la civilización
que es también la cultura de la libertad, porque como decía Estrada en
el siglo XIX: “las fantasías políticas son pecados que no pagan los
teorizantes, sino los pueblos”, como lamentablemente ha ocurrido.
APENDICES
1. Lo que la República necesita
Como decía Luigi Einaudi: “Lo que la
República necesita son políticos que entiendan las instituciones a que
han sido asignados”. Y lamentablemente eso es lo que no ha ocurrido; se
han reemplazado los principios probados como límites a la ley y al poder
que la dicta, por meras opiniones personales.
Y eso es lo grave: que en Occidente esté
en vigor la democracia de gobiernos limitados sólo por las opiniones
cambiantes de la oposición o de las alianzas, no para fortalecer las
creencias, sino para aumentar el número y lograr el poder como sea. Por
lo que en esta democracia –sin límite de los principios, derechos y
garantías escritos en la Constitución que frenan los desvaríos del
poder- cada elección prácticamente puede tener los efectos de una
reforma constitucional sorpresiva, no declarada. En verdad, se
reemplazan así las normas constitucionales por los programas
partidarios, si los hay. De la República y de la Constitución
limitativa: ¡ni hablar!. Hay política, pero sin instituciones, esto es
ilimitada.
Y la situación se complica, porque luego
de medio siglo de docencia al revés, los “errores a nivel pseudo
científico (Hayek) han socavado los cimientos de nuestra civilización,
pues el moderno desarrollo del derecho responde en gran medida a
dictados de una falsa teoría económica ( o al voluntarismo político)”.
Sintetizando, se ha adoptado “el error económico como credo político”,
constituyendo una burla a los derechos que se “enuncian” y una trampa a
la “democracia” que se declama.
2. El Gobierno Representativo
Porque no es posible olvidar con la
ligereza que se ha hecho, que el verdadero significado del “Gobierno
representativo” de nuestra Constitución fue reafirmado en una
declaración de la Suprema Corte de Justicia de los EE.UU. en 1943, que
decía: “El derecho a la vida, a la libertad, a la propiedad; la libertad
de expresión, de reunión, de asociación, de trabajo, no pueden ser
sometidas a votación, no pueden depender del resultado de una elección.
Porque el verdadero propósito de la Declaración de Derechos ha sido,
precisamente, sustraer ciertas cuestiones fundamentales de la
controversia política, y colocarlas más allá de las mayorías
circunstanciales”. Esta es la síntesis de la Constitución de 1787-1791,
de Madison y Jefferson, la libertad civil como límite a la libertad
política; los principios, derechos y garantías como límite a la
“controversia política de las cuestiones fundamentales” por las mayorías
circunstanciales.
Y es la misma síntesis del alberdiano art. 28 de nuestra Constitución de 1853: “Los derechos previamente establecidos no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio”; los derechos son los límites a la ley y al poder que las dicta. Este es el concepto fundamental de ambas Constituciones, que triunfan hoy en el mundo, aún en medio de la conmoción global.
Y es la misma síntesis del alberdiano art. 28 de nuestra Constitución de 1853: “Los derechos previamente establecidos no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio”; los derechos son los límites a la ley y al poder que las dicta. Este es el concepto fundamental de ambas Constituciones, que triunfan hoy en el mundo, aún en medio de la conmoción global.
Pero en nuestro país –lamentablemente-
tales “cuestiones fundamentales” no han sido sustraídas, sino
precisamente incluidas en la controversia política, con el resultado del
predominio de la libertad política sobre la libertad civil, justamente
en el período 1943-1946, cuando la República se encontraba a la cabeza
de Latinoamérica y entre los siete primeros países del mundo, mientras
que la Segunda Guerra Mundial tocaba a su fin.
En ese momento (1946) las naciones
triunfadoras condenaron las pseudoinstituciones nazis, fascistas,
corporativistas, cuyos desvaríos habían costado 60 millones de muertos.
Y, ¡oh, asombro! en el mismo año el mismo gobierno electo en la
Argentina adoptó ese régimen execrado en los países del mundo
civilizado. Este “nuevo régimen” se materializó en la parodia de Juicio
político a la Suprema Corte, el cambio de Constitución (la de 1949,
vulnerando –como siempre- el Art. 30 de la de 1853) que sustituyó la
“limitación del poder” por el “manejo arbitrario de la sociedad desde el
poder” (Fatal arrogancia, dice Hayek).
El desastre jurídico, económico, moral y
político no se hizo esperar, por lo que en 1955 la Revolución
Libertadora reconoció nuevamente la Carta Fundadora de 1853 y la
legitimó en la Constituyente de 1957.
3. El liberalismo como sistema evolutivo
Adam Ferguson decía en el siglo XVIII:
“Los pueblos se encuentran con Instituciones que si bien son el
resultado de la acción humana, no lo son del designio o acción
deliberada humana”. Son producto de la evolución, como lo ha sido el
lenguaje, la escritura, el derecho, la moral, el contrato, la moneda, el
mercado y otras tantas instituciones. El lenguaje, por ejemplo, nadie
lo inventó; es producto de la evolución de cada país, pero luego los
hombres -mediante la razón- han estudiado cada idioma y extraído las
normas que constituyen la “gramática” para que la gente hable bien y
pueda entenderse con su prójimo (lo mismo ocurre con el derecho, la
moneda, el mercado, etc.); así también el liberalismo es el conjunto de
normas extraídas del resultado de la acción y de la ley natural para que
la sociedad funcione eficazmente, logrando la convivencia pacífica y el
progreso.
El liberalismo, pues, es a la
organización de la sociedad lo que la gramática es al lenguaje: ambos,
liberalismo y gramática, han estudiado y extraído las reglas para un
mejor aprendizaje, adecuado funcionamiento y debida preservación de sus
respectivas disciplinas: la sociedad y el lenguaje. “Orden social –decía
Ortega y Gasset- no es una presión que se ejerce desde afuera de la
sociedad, sino un equilibrio que se suscita desde su interior”. En
verdad el equilibrio que se suscita es debido al orden espontáneo, el de
la libertad en los distintos campos.
4. Lo que la argentina debe a Alberdi (1)
Podemos decir que la Argentina debe a
Alberdi, en primer lugar, la primera obra jurídica en América en defensa
de la libertad y de los derechos del hombre (Su “Fragmento preliminar
al estudio del Derecho” de 1837); la defensa de la Organización Nacional
(Las “Bases y Puntos de Partida....” de 1852); la defensa y redacción
del proyecto de Constitución -en la segunda edición de las Bases en
1852- que con algunas modificaciones votó el Congreso Constituyente de
Santa Fe; la defensa del Derecho Público Provincial que integra su
pensamiento constitucional; la defensa de la economía en libertad
indispensable para no invalidar la concepción jurídica de la
Constitución y hacer del federalismo una realidad (“Sistema Económico y
Rentístico de la Confederación Argentina según su Constitución de
1853”); la defensa de las rentas nacionales sin afectar la prosperidad o
el bienestar general (en la misma obra de 1854 y en sus “Estudios
Económicos” de 1878); la defensa de una Organización de Estados
Americanos en 1848 (Memoria sobre la necesidad y objeto de un Congreso
General Americano); la defensa de la Capital Federal sintetizada en “La
Nación Argentina consolidada en 1880, con la ciudad de Buenos Aires como
Capital”, de 1881 y, finalmente, su admirable síntesis de toda su obra y
verdadero testimonio político en “La Omnipotencia del Estado es la
negación de la libertad individual”. En resumen, puede decirse que
Alberdi hizo jurídicamente la República Argentina, resultando el gran
arquitecto de la definitiva organización de nuestra patria.
(1) Alberdi, el gran
arquitecto de la definitiva organización de la República. Por el miembro
de número de la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas, Dr.
Enrique de Gandía.
Dn. Carlos Alberto Sánchez Sañudo:
Profesó gran admiración al pensamiento
de Juan Bautista Alberdi y defendió, desde diferentes tribunas, la
vigencia de la Constitución nacional de 1853 siempre que se impulsó su
modificación. Luego de una vida de servicio en la Armada, abandonó la
carrera militar para difundir los principios del liberalismo político y
económico.
Sánchez Sañudo había nacido en noviembre
de 1914. Egresado en 1937 de la Escuela Naval con el grado de
guardiamarina, se especializó en comunicaciones y sirvió en distintos
buques y reparticiones. Fue, más tarde, profesor de electrónica y
comunicaciones en la Escuela Naval Militar y en la Escuela de
Aplicaciones para Oficiales, en 1952 y 1953.
Comandó, durante su actividad militar,
la fragata Sarandí, el crucero La Argentina y el portaaviones
Independencia, entre otras embarcaciones.
Sánchez Sañudo desempeñó un papel preponderante en los hechos ocurridos el 16 de septiembre de 1955, cuando grupos de las tres armas derrocaron al gobierno de Juan Domingo Perón.
De esta manera, una vez instaurado el
nuevo ciclo histórico de la Argentina, Sanchez Sañudo se sumó al
gobierno como secretario general del almirante Isaac Rojas, que ocupó el
cargo de vicepresidente de la Nación.
Por tra parte, Sánchez Sañudo se retiró
de la fuerza en septiembre de 1962, luego de ejercer la titularidad de
la Dirección General de Material Naval.
El gran interés que demostró por áreas
del saber como la economía y el derecho constitucional, a las que se
dedicó en forma autodidacta, lo llevó a presidir la Academia Nacional de
Ciencias Morales y Políticas.
En este ámbito fue un ferviente defensor
de las ideas del autor de "Bases y puntos de partida para la
organización política de la República Argentina", fundó la Institución
Alberdi, desde la que difundió el pensamiento del célebre tucumano a
través de conferencias y escritos.
En el centenario del fallecimiento de
Alberdi, en 1984, durante una conferencia en el Colegio de Escribanos,
había afirmado que Alberdi eligió transitar, y dejar sentado, el camino
del "orden social, de la libertad y de la garantía de los derechos".
Sánchez Sañudo fue autor del libro "Qué
es la democracia", donde se ponían de manifiesto sus profundas
convicciones liberales y su convencimiento de que en una democracia
deben existir mecanismos para limitar los poderes del Estado.
Incursionó, además, en el terreno de la política cuando se desempeñó
como secretario de la mesa directiva de la Ucedé.
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