Friday, December 9, 2016

La oposición venezolana y la propiedad privada

Luis Alfonso Herrera cuestiona la Ley para la Activación y Fortalecimiento de la Producción Nacional aprobada recientemente por la oposición venezolana.


Luis Alfonso Herrera
 
es Licenciado en Filosofía y Abogado especializado en Derecho Administrativo por la Universidad Central de Venezuela (UCV). Herrera se desempeña actualmente como Investigador de CEDICE-Libertad y es director de la asociación civil Un Estado de Derecho. Además, es profesor de la UCV.
No es de sorprender que quien no tiene los talentos naturales para producir riqueza, ni el ingenio y tenacidad para innovar y emprender en materia económica, ni se ha dedicado a producir bienes y prestar servicios para satisfacer necesidades humanas, no manifieste respeto y valoración alguna por la propiedad privada, e incluso hasta sienta molestia y un oculto repudio a esta institución clave de la historia de la civilización.
Lo anterior explica por qué para políticos, gobernantes y burócratas, en cualquier parte del mundo, disponer y violentar la propiedad de otros, o menospreciar su protección y garantía, es tan sencillo, pues por lo general se trata de individuos que no tienen idea, ni mayor interés, de lo esencial que resulta la propiedad privada, en especial sobre los bienes para la producción de otros bienes, para garantizar la libertad individual y la calidad de vida de las personas, tanto de las que son propietarias directas de esos bienes, como de las de otras millones que no lo son pero que también se benefician en forma directa (como consumidores o trabajadores) o indirecta (como beneficiarios de servicios que se pagan con impuestos) del aprovechamiento privado de esos bienes.


Para ilustrar mejor el punto, es de utilidad tener en cuenta la explicación del economista Martín Krause en su ensayo "El derecho de propiedad, su origen y la tragedia de su ausencia", acerca del papel de la propiedad en una sociedad libre y como pilar mismo de la civilización: “Cuidamos la propiedad, porque significa riqueza. Nos permite disfrutar los ingresos o beneficios que sean provenientes de ella. Propiedad es todo tipo de posesión personal: nuestros animales, libros, relojes, autos, ropa, dinero. Es decir, pueden ser sujetos de propiedad todos los recursos naturales de la tierra (minerales, ríos, etc.), herramientas, máquinas, fábricas, escuelas, casas, calles, mercaderías y más aún, hasta nuestras habilidades y talentos: nuestra habilidad para producir, nuestra capacidad para trabajar o crear son nuestra propiedad”.
Según el mismo autor “…la propiedad, en realidad, no significa que el propietario disfrute solamente de los beneficios que esta pueda darle, debe también soportar todas las cargas y responsabilidades de lo que haga con ella. Le toca asumir los costos de su mantenimiento o mejora y hacerse cargo de las pérdidas que generen sus equivocadas decisiones. La creciente extensión de la propiedad privada favoreció e impulsó el avance de la civilización en dos sentidos. El primero de ellos es el incentivo al progreso: está claro que pondré mis mayores esfuerzos en cualquier tipo de actividad en la medida que pueda gozar plenamente de los frutos del esfuerzo realizado en el aprovechamiento de mis recursos (…) El segundo aspecto por el cual la extensión de la propiedad privada favoreció el avance de la civilización se refiere a la protección de los recursos, es decir, de las cosas que son objeto de propiedad. El ‘propietario’ es un ‘protector’ ya que recaen sobre él los efectos de sus acciones: si cuida el recurso y lo multiplica se enriquece; si es negligente y permite su deterioro se empobrece”.
Es por todo lo anterior que si proteger la propiedad privada ha de ser una finalidad de toda autoridad respetuosa de la libertad de las personas e interesados en su prosperidad en condiciones normales, entonces esa protección ha de fortalecerse con mayor razón y ahínco ante situaciones anormales, extraordinarias, en las que, por ejemplo, la propiedad privada haya sido atacada, desconocida sistemáticamente y pretendido abolir, como ha ocurrido en Venezuela durante los primeros años del siglo XXI.
Tal y como lo han documentado el Observatorio de la Propiedad de Cedice y Liderazgo y Visión y la organización Un Estado de Derecho, el gobierno de Venezuela ha ejecutado con base en una legislación contraria a la Constitución de 1999 y el Plan de la Patria 2013-2019 una política de desconocimiento y violación generalizada de la propiedad privada de millones de venezolanos, con el apoyo abierto de otros poderes públicos, en especial del Tribunal Supremo de Justicia, lo que se traduce en millares de violaciones de derechos humanosfundamentales que deben ser reconocidos y reparados por el Estado venezolano, y concretamente por actuales o futuras autoridades que pretendan devolver un sistema democrático y el Estado de Derecho al país.
Tan grave es lo sucedido, en términos de violencia contra las personas en todo el territorio nacional y destrucción de la economía nacional, a través de expoliaciones, ocupaciones, intervenciones, rescates, comisos, etc., que una promesa electoral de la oposición durante la campaña por la Asamblea Nacional en 2015 fue aprobar una ley especial de reversión de las expropiaciones, que estableciera medidas extraordinarias y apropiadas para hacer justicia a las víctimas e impedir que se cometieran nuevas violaciones de los derechos de propiedad en Venezuela.
En apoyo de esta oferta, Cedice y Un Estado de Derecho prepararon y consignaron en la Asamblea Nacional un anteproyecto de Ley de Restitución y Garantía de la Propiedad Privada, con medidas extraordinarias y especiales, enmarcadas en las prácticas de la llamada justicia transicional, para hacer justicia y para brindar seguridad jurídica en materia económica, de modo que las inversiones privadas vuelvan al país y hagan posible su reconstrucción.
Por ello sorprende y decepciona encontrar que el Capítulo VI de la Ley para la Activación y Fortalecimiento de la Producción Nacional, aprobada en segunda discusión por la oposición el 30 de noviembre de 2016, incluya una cantidad de artículos sobre la restitución de la propiedad privada en Venezuela que no solo reflejan el desprecio y la ignorancia de los políticos opositores sobre la institución de la propiedad, sino su falta de solidaridad y de respeto hacia las miles de víctimas de graves y crueles violaciones de la propiedad privada, ejecutadas por el régimen socialista que aún detenta el poder.
En efecto, en dicho Capítulo VI se plantean medidas ordinarias para reparar violaciones extraordinarias del derecho humano a la propiedad privada, lo que supone cumplir con exigencias procesales y vías judiciales perniciosas para las víctimas, con muchos privilegios para el Estado, y que no permitirán a estas obtener justicia en un tiempo razonable y con efectividad. Además, nunca habla de violaciones de la propiedad privada, sino de responsabilidad patrimonial y de “ocupación o expropiación de hecho o irregular”, cuando lo que se ha aplicado es una política de Estado de desconocimiento de la propiedad privada. Se pretende, pues, ocultar la gravedad de lo ocurrido, haciéndose cómplice sin más de los autores de las graves violaciones, que quedarán impunes por esta vía.
Además, se pretende limitar —artículos 53 y 54— a solo algunos supuestos de violaciones de la propiedad privada, el derecho a la reparación, lo que es contrario al artículo 140 constitucional y puede dar lugar a discriminaciones inaceptables. Si bien la remisión de los artículos 55 y 57 es positiva en cuanto brinda objetividad a la determinación del monto a reparar por los daños ocasionados por las violaciones de la propiedad privada, es negativo al proponer un mecanismo para determinar ese monto que hará en exceso oneroso y complejo la reparación efectiva para todas las víctimas. Además, el origen no es una actuación lícita, como la expropiación, sino una ilícita, como es una vía de hecho, y más en concreto delitos contra las personas y la propiedad, es decir, robos.
Un aspecto especialmente criticable es la dificultad que se aprecia para la devolución a sus dueños de bienes en posesión del Estado tomados por la fuerza sin indemnización por la actividad a la que estén destinados (servicio público, uso público, etc.), pues esos bienes los posee y usa el Estado ilícitamente, tal y como si fuera un delincuente utilizando bienes que robó. Por otro lado, la referencia al Banco Central sin que antes se haya despolitizado causa preocupación también, ya que hasta tanto ello no ocurra los indicadores de ese ente no generan confianza ni certidumbre.
Tal vez lo peor de esta parte de la ley es atribuir la competencia para conocer de los reclamos por violaciones de la propiedad privada a jueces civiles de primera instancia como lo plantea el artículo 61. Estos jueces no tienen formación para juzgar al Estado, y menos aún para aplicar normas especiales en favor de la propiedad. Esta atribución de competencia a estos jueces puede tomarse como una deliberada decisión política de la oposición para desincentivar futuras demandas contra el Estado por lo cuesta arriba que será ganar esos juicios y superar todas las barreras procesales. Es una hipocresía hacer esto frente a la tragedia de las víctimas. La competencia debe ser de instancias, judiciales o no, creadas especialmente para este tema, bajo la dirección de personas formadas para ello y mediante procedimientos simples, no onerosos, sin privilegios procesales para el Estado y con garantía de ejecución efectiva de las decisiones que ordenen reparaciones. La opción elegida, deliberadamente, liquida toda posibilidad de tutela judicial efectiva para las víctimas de violaciones de los derechos de propiedad privada.
Otras críticas cabe formular a esta ley sancionada por la oposición, debido a la cantidad de controles y mecanismos contrarios a una economía abierta y competitiva que deja en pie, aplicados por el actual régimen estatista y de planificación central, que entre otras han sido formuladas por expertos como el profesor Vicente González de la Vega y el economista Enrique González Porras, todas las cuales llevan a preguntarse en qué medida los políticos que dicen adversar el autoritarismo político y económico actual en realidad tienen principios e ideas diferentes al oficialismo, si en lugar de actuar con la verdad y adoptar medidas que hagan justicia efectiva y reconozcan la gravedad de lo ocurrido, optan por ocultar tanto dolor, tanta arbitrariedad y mediante tecnicismos legales y vías que no son idóneas para reparar los daños e impedir nuevas violaciones, pretenden dar respuesta de forma inapropiada, incurriendo así en una suerte de convalidación de las violaciones graves de este y otros derechos humanos.
Ante tal proceder, a las víctimas, a los medios de comunicación, a la sociedad civil y a quienes valoran la libertad y la propiedad privada como condiciones para la civilización en toda sociedad, toca actuar, alzar la voz y rechazar este intento de la oposición, contrario a lo prometido en la oferta electoral de 2015, de no reparar los daños y no sancionar a los responsables de las cientos de miles de violaciones de la propiedad privada cometidas por el régimen socialista entre al menos 2005 hasta el trágico presente de este 2016.

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